Resolución 917/2008
Fecha de disposición | 10 Octubre 2008 |
Fecha de publicación | 10 Octubre 2008 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31508 |
CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 917/2008
Registro Nº 681/2008
Bs. As., 1/8/2008
VISTO el Expediente Nº 1.246.513/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que a foja 6 del Expediente Nº 1.246.513/07, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE EMPLEADOS Y OBREROS DE COMERCIO Y AFINES ZONA OESTE y la empresa GESTION PROFESIONAL SOCIEDAD ANONIMA, ratificado a foja 17, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en el mentado Acuerdo, las partes convienen adelantar el pago del VEINTITRES POR CIENTO (23%) del Acuerdo que fuera homologado por la Resolución S.T. Nº 632 de fecha 2 de julio de 2007.
Que asimismo las partes acuerdan el pago de un 'Premio Colaboración' no remunerativo, por única vez, de OCHOCIENTOS PESOS ($ 800.-). Asimismo, con fecha 10 de diciembre de 2007 la empresa adelantará el pago de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario, conforme a los términos del texto pactado.
Que el ámbito de aplicación de los presentes se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:
Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE EMPLEADOS Y OBREROS DE COMERCIO Y AFINES ZONA OESTE y la empresa GESTION PROFESIONAL SOCIEDAD ANONIMA, que luce a foja 6 del Expediente Nº 1.246.513/07, ratificado a foja 17, conforme a lo dispuesto...
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