Resolución 433-2005

Fecha de la disposición24 de Agosto de 2005

CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL - LOTERIA

RESOLUCION DE VICEPRESIDENCIA EJECUTIVA N° 433/05.

VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expediente N° 00302-0056287-9 del Registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 12° inciso b) del “Reglamento de Permisionarios de la Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe”. aprobado por el Decreto Acuerdo N° 1919/92, estipula que el permisionario deberá constituir una garantía por el monto y en la forma que determine reglamentaria mente la Caja de Asistencia Social Lotería de Santa Fe, la que quedará afectada al pago de deudas que por cualquier motivo surjan de los registros contables de sus cuentas corrientes,

Que en orden a resguardar los intereses patrimoniales de esta Caja, resulta necesario exigir a los Agentes Oficiales la constitución de garantías que respalden debidamente sus obligaciones y que sean de ejecución inmediata;

Que con motivo del próximo vencimiento de las pólizas de seguro de caución que garantizan la operatoria de los Agentes Oficiales, esta Vicepresidencia Ejecutiva estima necesario establecer un nuevo régimen de garantías;

Que la Subdirección de Asesoría Letrada de esta Caja ha tomado la intervención que le compete;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto-Acuerdo N° 1919/92 y el Decreto N° 4057/89;

POR ELLO:

El VICEPRESIDENTE EJECUTIVO DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1° Las garantías individuales de los Agentes Oficiales serán constituidas a favor de la Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe, en alguna de las...

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