Resolución Nº 260/GCABA/AGIP/13

FirmantesWalter
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAdministración Gubernamental de Ingresos Públicos
Fecha de la disposición15 de Abril de 2013

VISTO:

LA LEY N° 2603 (BOCBA N° 2846), EL DECRETO N° 745/GCBA/08, LAS

RESOLUCIONES N° 500/AGIP/08, N° 301/AGIP/10, N° 501/AGIP/11, N° 415/AGIP/12

Y N° 107/AGIP/13, Y LO TRAMITADO POR EXPEDIENTE N° 1096281/2013, Y

CONSIDERANDO:

Que el art. 1° de la Ley N° 2603 crea la Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos -AGIP- con naturaleza jurídica de una autarquía en el orden administrativo y

financiero bajo la superintendencia general y control de legalidad del Ministerio de

Hacienda;

Que en consecuencia la AGIP se erige como una persona jurídica de derecho público

estatal, detentando y soportando los derechos y obligaciones que determinan los arts.

30, 31 y 32 e inc. 2 del art. 33 del Código Civil de la Nación y su propia Ley de

creación;

Que la Ley N° 2603 faculta al Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos a

representar legalmente a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos,

personalmente o por delegación o mandato, en todos los actos que se requieran para

el funcionamiento del servicio, pudiendo actuar también como querellante, de acuerdo

a las disposiciones en vigor y suscribir los documentos públicos o privados que sean

necesarios;

Que asimismo lo faculta a representar al organismo ante los tribunales judiciales y

administrativos en todos los asuntos de su competencia en los que sea parte la

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos o en los que se pudieran afectar

sus intereses;

Que la magnitud y pluralidad de casos en lo que debe intervenir la AGIP mediante

presentaciones administrativas y/o judiciales ante diferentes tribunales, órganos

públicos, empresas y/o particulares hace necesario conferir mandato de

representación administrativo y judicial a los Dres. Juan Carlos PEREZ COLMAN y/o

Jorge Alberto RODRIGUEZ TERZANO, para que actuando conjunta, separada,

alternada o indistintamente, representen a la AGIP;

Que ha tomado la debida intervención la Dirección General Legal y Técnica de esta

Administración.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE

Artículo 1 Otórgase Poder General de carácter Administrativo y Judicial con las

facultades determinadas en el Anexo I que forma parte de la presente, a favor de los

Dres. Juan Carlos Pérez Colman, Documento Nacional de...

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