Resolución 72/2008

Fecha de la disposición25 de Septiembre de 2008

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Resolución 72/2008

Aduanas Especializadas. R.G. Nº 1924 modificada por Res. Nº 26/08 (DGA). Otorga excepción en los términos del Art. 5º R.G. Nº 1924.

Bs. As., 22/9/2008

VISTO la ACTUACION SIGEA Nº 13289-22091-2008 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Actuación citada en el visto, la Contadora Pública INES LOTTO DE VECCHIETTI, Ministra de Economía, Hacienda y Finanzas de la Provincia de Formosa, solicita la inclusión de la Aduana de Clorinda en el Régimen de Aduanas Especializadas establecido por la Resolución General Nº 1924, Anexo "I" sustituido por la Resolución Nº 26/08 (DGA), para realizar el despacho por ante ella de las mercaderías correspondientes a las Partidas 6305 - 6307 y 6406.

Que fundamenta su pedido, en la radicación de una planta industrial en la Ciudad de Clorinda, la cual se dedicará a la fabricación de calzados de seguridad destinados al mercado argentino.

Que la planta industrial requiere importar de la República del Paraguay los bienes necesarios para la fabricación, integrando el proceso productivo en la región y por esta razón, incorporando operarios calificados a la industria en Clorinda.

Que continúa, argumentando que la aplicación de la normativa le acarrearía perjuicios económicos irreparables y operativos.

Que atento las razones expuestas, y de acuerdo a lo opinado por la División Fiscalización de Operaciones Aduaneras, con la aprobación de la Dirección Regional Aduanera Resistencia, las mercaderías objeto de excepción no afectan la finalidad tenida en cuenta al instituirse el Régimen de Aduanas Especializadas contando la Aduana citada con los recursos humanos y necesarios para la verificación de las mercaderías en trato.

Que la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, en razón de la opinión vertida por la División Fiscalización de Operaciones Aduaneras y la Dirección Regional Aduanera Resistencia, propicia la excepción en los términos del Artículo 5º de la Resolución General Nº 1924, Anexo "I" sustituido por la Resolución Nº 26/08 (DGA) para la importación de las mercaderías declaradas bajo las partidas 6305 – 6307 y 6406 por la División Aduana de Clorinda.

Que han tomado la debida intervención la...

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