Resolución 1044/2008

Fecha de disposición22 Septiembre 2008
Fecha de publicación22 Septiembre 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31494

Bs. As., 17/9/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0308838/2008 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:

Que las Firmas listadas en el ANEXO, que integra la presente resolución, han presentado la solicitud correspondiente para su reconocimiento como agentes del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), en la condición de GRANDES USUARIOS MENORES (GUMEs), conforme lo establecen la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992, del Registro de la ex-SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA y la Resolución Nº 137 de fecha 30 de noviembre de 1992, del Registro de la SECRETARIA DE ENERGIA, ambas dependientes del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y sus modificatorias.

Que para la vinculación de las instalaciones eléctricas, de cada una de las firmas solicitantes, con el SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXION (SADI) deberán contar con la prestación de la FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA (FTT) de ENERGIA DE SAN JUAN SOCIEDAD ANONIMA.

Que mediante Nota SECRETARIA DE ENERGIA Nº 287 de fecha 18 de marzo de 2008 se estableció que los recargos que debieran aplicarse a aquellos demandantes que incumplieron con las solicitudes de reducción de carga durante el mes de julio del año 2007, serán mantenidos en suspenso si celebran compromisos contractuales con vigencia al 1º de julio de 2008.

Que posteriormente mediante Nota SECRETARIA DE ENERGIA Nº 501 de fecha 21 de mayo de 2008 se postergó al 1º de agosto de 2008 el mantenimiento en suspenso de los recargos mencionados en el párrafo anterior dando un tratamiento excepcional al ingreso o reingreso al MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) de aquellos demandantes que cumplan con lo establecido en los puntos 5 y 6 de la Nota SECRETARIA DE ENERGIA Nº 287 de fecha 18 de marzo de 2008.

Que la presentación de la solicitud correspondiente ha sido publicada en el Boletín Oficial Nº 31.461 de fecha 5 de agosto de 2008, no habiéndose presentado objeciones u oposiciones derivadas de la antedicha publicación.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGIA RESUELVE:

ARTICULO 1º

Autorízase con...

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