Resolución Nº 2090/2012

Fecha de disposición28 Diciembre 2012
Fecha de publicación25 Febrero 2013
SecciónResoluciones

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1.521.944/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo y acta complementaria celebrados entre la FEDERACION ARGENTINA DE LAS TELECOMUNICACIONES (F.A.TEL.) por el sector sindical y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, los que lucen, respectivamente, a fojas 2 y 46 del Expediente Nº 1.521.944/12 encontrándose el primero debidamente ratificado a fojas 24 de las mismas actuaciones y habiendo sido la segunda alcanzada por ante esta Cartera de Estado.

Que mediante el acuerdo de marras se pactó un incremento de las contribuciones convencionales denominadas “Fondo Especial” y “Contribución Solidaria” previstas en los Convenios Colectivos de Trabajo Nº 567/03 “E”, 822/06 “E”, 820/06 “E”, 917/07 “E”, 821/06 “E” y 728/05 “E” correspondientes a la actividad básica de los sindicatos de primer grado adheridos y representados por la FEDERACION ARGENTINA DE LAS TELECOMUNICACIONES (F.A.TEL.).

Que la legitimidad de las partes para negociar en los términos y con los alcances pretendidos, es decir respecto de dichos plexos convencionales, ha sido reconocida con anterioridad al presente, por parte de esta Cartera de Estado, conforme surge de Resolución Secretaría de Trabajo Nº 571, de fecha 26 de abril de 2012.

Que en definitiva las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para celebrar el acuerdo cuya homologación se pretende, respecto de los plexos convencionales citados.

Que con relación al ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo, resultando el mismo modificatorio de los Convenios Colectivos de Trabajo Nº 567/03 “E”, 822/06 “E”, 820/06 “E”, 917/07 “E”, 821/06 “E” y 728/05 “E”, se corresponde con el de los mismos.

Que en definitiva dicho ámbito de aplicación se circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes.

Que respecto a su ámbito temporal, se fija su vigencia a partir del día 1 de agosto de 2012, de conformidad con lo expresamente pactado por sus celebrantes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR