Resolución 752/2008

Fecha de disposición08 Septiembre 2008
Fecha de publicación08 Septiembre 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31484

Dispónese el traslado de un Fiscal Nacional en lo Criminal de Instrucción, para desempeñarse en el cargo de Fiscal de la Procuración General de la Nación.

Bs. As., 2/9/2008

VISTO:

El expediente interno M.7363/08 del registro de la Mesa General de Entradas y Salidas de la Procuración General de la Nación y,

CONSIDERANDO:

Que, la actuación de referencia se originó en esta Procuración General, con la presentación efectuada por la señora Fiscal ante, los Juzgados Nacionales en lo Criminal de Instrucción, titular de la Fiscalía Nº 2, doctora Sabrina E. Namer, por la que solicitó se contemple la posibilidad de disponer su traslado conforme lo normado por el artículo 15º de la Ley 24.946, al cargo de Fiscal de la Procuración General de la Nación.

Que la Asesoría Jurídica de la Procuración General de la Nación, en casos análogos a través de numerosos dictámenes opinó que no existe óbice para disponer un traslado como el solicitado (v. expedientes internos M. 5737/98, M. 1313/02, M. 2263/02, M.

882/03, P.5023/05, M.971/06, M.1129/08 y M.2870/08, M.3142/08 entre otros).

Que, de acuerdo a los antecedentes obrantes en esta Procuración General de la Nación, a los argumentos expuestos en su presentación, entre los que cabe destacar su pedido expreso de incursionar en la etapa de juicio, y en el marco de lo dispuesto por el artículo 15º de la Ley 24.946, resulta pertinente disponer el traslado de la señora Fiscal Nacional en lo Criminal de Instrucción, doctora Sabrina E. Namer, para que ocupe el cargo de Fiscal de la Procuración General de la Nación.

Por ello, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 120º de la Constitución Nacional y la Ley 24.946,

EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACION RESUELVE:

  1. -- Disponer a partir del día 15 de septiembre de 2008, el traslado de la señora Fiscal Nacional en lo Criminal de Instrucción, doctora Sabrina E.

    Namer, al cargo de Fiscal de la Procuración General de la Nación, ello, en virtud de lo normado por el artículo 15º de la Ley 24.946.

  2. -- Declarar vacante el cargo de Fiscal ante los Juzgados Nacionales en lo Criminal de Instrucción, titular de la Fiscalía Nº 2.

  3. -- Protocolícese, hágase saber a la doctora Namer, a los señores Fiscales Generales ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, comuníquese a la Secretaría Permanente de Concursos del Ministerio Público Fiscal, a la Administración General, a los efectos pertinentes; dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina; cúmplase y, oportunamente, archívese. -- Esteban Righi.

    Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos ADHESIONES OFICIALES Resolución 95/2008

    Auspíciase la 61º Marcha Anual de Resistencia 'Joaquín Amadeo Lastra', que se realizará en la Ciudad de Pirán, Provincia de Buenos Aires.

    Bs. As., 1/9/2008

    VISTO el Expediente Nº S01:0305830/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

    Que por el expediente citado en el Visto, la ASOCIACION CRIADORES DE CABALLOS CRIOLLOS solicita el auspicio institucional de la SECRETARIA DE AGRICULTURA,

    GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, para la realización de la 61a Marcha Anual de Resistencia 'Joaquín Amadeo Lastra'' que se realizará durante el mes de octubre de 2008 en la Ciudad de General Pirán,

    Provincia de BUENOS AIRES,

    Que la Marcha Anual de Resistencia 'Joaquín Amadeo Lastra' es un evento estrictamente técnico, que ha permitido seleccionar a lo largo de los años, líneas de sangre portadoras de genes de resistencia de alto valor hereditario.

    Que la mencionada asociación, desarrolla dicho evento desde el año 1953, único en el mundo por su exigencia, dividido en CATORCE (14) jornadas con alimentación exclusiva a campo abierto, sin suplementos ni tratamiento veterinario, implicando así un esfuerzo superlativo, donde la raza criolla pone en evidencia su rudeza, siendo su carácter distintivo frente a otras razas.

    Que los objetivos que se pretenden con la realización de dicho evento se hallan estrechamente ligados a la acción que lleva a cabo en la materia la citada Secretaría.

    Que el presente auspicio no implicará costo fiscal alguno para el ESTADO NACIONAL.

    Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

    Que el suscripto es competente para dictar el presente acto de acuerdo a las facultades conferidas por e Artículo 1º, inciso II) del Decreto Nº 101 de fecha 16 de enero de 1985, modificado por su similar Nº 2202 del 14 de diciembre de 1994.

    Por ello,

    EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA,

    PESCA Y ALIMENTOS RESUELVE:

  4. ...

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