Resolución 417. RESOL-2018-417-APN-SECT#MT

Fecha de disposición13 Diciembre 2018
Fecha de publicación13 Diciembre 2018
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 417/2018

RESOL-2018-417-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 06/08/2018

VISTO el Expediente Nº 1.757.913/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/4 del Expediente N° 1.763.114/17, agregado como fojas 61 al Expediente N° 1.757.913/17, luce un acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE TRABAJADORES DEL COMPLEJO INDUSTRIAL OLEAGINOSO, DESMOTADORES DE ALGODÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la CÁMARA DE LA INDUSTRIA ACEITERA DE LA REPUBLICA ARGENTINA, la CÁMARA INDUSTRIAL DE ACEITES VEGETALES DE CÓRDOBA y la CÁMARA ARGENTINA DE BIOCOMBUSTIBLES, por la parte empresaria, conforme a lo establecido por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a fojas 2 del Expediente N° 1.763.115/17, agregado como fojas 62 al Expediente N° 1.757.913/17, luce un acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE TRABAJADORES DEL COMPLEJO INDUSTRIAL OLEAGINOSO, DESMOTADORES DE ALGODÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS ACEITEROS DE ROSARIO, el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS ACEITEROS - CAPITAL FEDERAL Y GRAN BUENOS AIRES, por la parte sindical y las empresas BUNGE ARGENTINA S.A., CARGILL S.A.C.I, MOLINOS RIO DE LA PLATA S.A., LDC ARGENTINA S.A., y NIDERA S.A., por la parte empresaria, conforme a lo establecido por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a fojas 2/3 del Expediente N° 1.763.138/17, agregado como fojas 63 al Expediente N° 1.757.913/17, luce un acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE TRABAJADORES DEL COMPLEJO INDUSTRIAL OLEAGINOSO, DESMOTADORES DE ALGODÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la CÁMARA DE LA INDUSTRIA ACEITERA DE LA REPUBLICA ARGENTINA, la CÁMARA INDUSTRIAL DE ACEITES VEGETALES DE CÓRDOBA y la CÁMARA ARGENTINA DE BIOCOMBUSTIBLES, por la parte empresaria, conforme a lo establecido por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a fojas 4/5 del Expediente N° 1.763.138/17, agregado como fojas 63 al Expediente N° 1.757.913/17, luce un acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE TRABAJADORES DEL COMPLEJO INDUSTRIAL OLEAGINOSO, DESMOTADORES DE ALGODÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la CÁMARA...

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