Resolución 16/2013

Fecha de disposición22 Enero 2013
Fecha de publicación28 Enero 2013
SecciónResoluciones

Bs. As., 22/1/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0433531/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, las Resoluciones Nros. 1.169 del 17 de noviembre de 2004 y sus modificatorias de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y 704 del 3 de octubre de 2012, de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que el cupo tarifario de exportación de maní de CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTAS UNA TONELADAS (43.901 t.) para el año 2013, debe ser distribuido conforme lo establecido por la Resolución Nº 1.169 del 17 de noviembre de 2004, modificada por su similar Nº 169 de fecha 25 de febrero de 2008, ambas de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que mediante la Resolución Nº 704 de fecha 3 de octubre de 2012 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, se procedió a la apertura del Registro, durante el período comprendido entre el 1 y el 31 de octubre de 2012, de las empresas interesadas en la exportación de maní a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, dentro del cupo tarifario correspondiente al año 2013.

Que habiéndose cumplido el plazo establecido por el Artículo 1° de la citada Resolución Nº 704/12, se procedió al cierre del Registro por lo que corresponde efectuar la distribución entre las empresas inscriptas, detallándose el tonelaje que corresponde a cada una de ellas en el Anexo que forma parte de la presente medida.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado del presente acto en virtud de las facultades que le otorga el Artículo 37 del Decreto Nº 2.284 del 31 de octubre de 1991, modificado por su similar Nº 2.488 del 26 de noviembre de 1991, ambos ratificados por la Ley Nº 24.307 y el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL SECRETARIO

DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

RESUELVE:

Artículo 1°

— Distribúyese la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTAS UNA TONELADAS (43.901 t.) del cupo tarifario de “Maní Confitería”, “Maní Partido”, “Maní Blancheado”, “Grana de Maní” y “Maní Tostado”, que podrán ingresar a los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR