Resolución 407/2023

Fecha de publicación06 Septiembre 2023
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales,undefined
EmisorSUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN


Ciudad de Buenos Aires, 04/09/2023

VISTO el Expediente EX-2022-131602662-APN-GA#SSN, las Resoluciónes SSN N° 38.052 de fecha 20 de diciembre de 2013 y RESOL-2023-24-APN-SSN#MEC de fecha 13 de enero, el Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias), y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución RESOL-2023-24-APN-SSN#MEC de fecha 13 de enero compatibiliza equitativamente todos los intereses en juego, tutelando el legítimo interés asegurable del acreedor al propio tiempo que protege al deudor prendario frente a posibles situaciones de cautividad y consecuente abuso.

Que el deudor prendario de mayor vulnerabilidad es el adquirente de automotores y moto vehículos de modo que resulta oportuno focalizar la tutela en estos casos.

Que por otra parte debe privilegiarse el rol protagónico que revisten los intermediarios y los agentes Institorios en materia de lucha contra la criminalidad asociada al uso del automotor, de modo que es posible preservar con recaudos específicos cualquier distorsión que pudiera surgir en materia de conflicto de intereses.

Que la comisión es componente de la prima y por tanto integra el premio, siendo que el derecho a su percepción queda sujeto a la efectiva intermediación del beneficiario.

Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia tornan adecuado disponer la modificación de la indicada Resolución RESOL-2023-24-APN-SSN#MEC de fecha 13 de enero.

Que las Gerencias de Autorizaciones y Registros y de Técnica y Normativa han tomado intervención en autos.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha dictaminado en el marco de su competencia.

Por ello,

LA SUPERINTENDENTA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dispónese que la Resolución RESOL-2023-24-APN-SSN#MEC de fecha 13 de enero, sea de aplicación a los seguros accesorios a créditos prendarios y/o planes de capitalización y ahorro cuando la prenda recaiga sobre automotores y moto vehículos.

ARTÍCULO 2°.- Déjase sin efecto el artículo 3° de la RESOL-2023-24-APN-SSN#MEC de fecha 13 de enero.

ARTÍCULO 3°.- Sustitúyese el artículo 4° de la RESOL-2023-24-APN-SSN#MEC de fecha 13 de enero, por el siguiente:

“ARTÍCULO 4°.- Las Sociedades de Productores Asesores de Seguros, los Productores Asesores de Seguros y Agentes Institorios vinculados al acreedor y/o administrador de planes de capitalización y ahorro, conforme se define en el punto 35.9.3. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR