Resolución 4060/2019

Fecha de publicación29 Noviembre 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA


Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2019

VISTO la Ley de Educación Nacional N° 26.206, la Resolución del ex CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN N° 2589 de fecha 28 de septiembre de 1976, la Resolución Ministerial N° 465 de fecha 29 de octubre de 2009, el Expediente N° EX-2019-101318343-APN-SECGE#MECCYT, y

CONSIDERANDO:

Que conforme las prescripciones de la Ley de Educación Nacional N° 26.206, la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social garantizados por el Estado.

Que la mencionada Ley, en su artículo 84, establece que el Estado debe garantizar las condiciones materiales y culturales para que todos/as los/as alumnos/as logren aprendizajes comunes de buena calidad, independientemente de su origen social, radicación geográfica, género o identidad cultural.

Que se ha incluido por primera vez a la Educación a Distancia en el régimen de la citada Ley, en su TÍTULO VIII, como parte integrante del sistema educativo nacional, resaltando así su potencialidad y definiéndola, en su Art. 105, como la opción pedagógica y didáctica donde la relación docente - alumno se encuentra separada en el tiempo y/o en el espacio, durante todo o gran parte del proceso educativo, en el marco de una estrategia pedagógica integral que utiliza soportes materiales y recursos tecnológicos diseñados especialmente para que los/as alumnos/as alcancen los objetivos de la propuesta educativa.

Que a su vez, en su artículo 107, dispone que la Educación a Distancia debe ajustarse a las prescripciones de la normativa nacional, federal y jurisdiccional vigente en la materia, y a los procedimientos de control que emanen de los distintos niveles del Estado.

Que en este contexto, la articulación con el conjunto del sistema educativo, resulta una decisión que reconoce las posibilidades de contribución de la educación a distancia para asumir las nuevas necesidades que la sociedad requiere de la educación y que coadyuvan al logro de los objetivos de la política educativa.

Que el artículo 144 de la Ley de Educación Nacional N° 26.206, establece que los/as niños/as y jóvenes radicados/as temporalmente en el exterior podrán cumplir con la educación obligatoria a través de Servicios de Educación a Distancia.

Que mediante Resolución de ex CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN N° 2589/76, se creó el SISTEMA DE ESCOLARIZACIÓN A DISTANCIA destinado a los niños de edad escolar primaria que, por causas justificadas, no pueden acceder a los sistemas de escolarización vigentes en el país y se aprobó su...

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