Resolución 405/2019

Fecha de publicación03 Octubre 2019
SecciónResoluciones
EmisorAUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR


Ciudad de Buenos Aires, 27/09/2019

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98; la Norma AR 0.11.1: “Licenciamiento de Personal de Instalaciones Clase I”; la Norma AR 0.11.4: “ Licenciamiento de Personal de Instalaciones Clase II y III del Ciclo del Combustible Nuclear”; el Procedimiento de esta Autoridad Regulatoria Nuclear G-DIR-10: “Licenciamiento de Personal de Instalaciones Clase I (Relevantes) y Clase II y III (No Relevantes) del Ciclo de Combustible Nuclear”, Revisión 6; lo actuado por la GERENCIA LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES y por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS; lo tramitado en el Acta de Reunión del CALPIR N° 326, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA), en su carácter de Entidad Responsable, ha tramitado ante esta ARN el otorgamiento de renovación de Autorizaciones Específicas y de renovación de Permisos Individuales para el personal que desempeña funciones en Instalaciones Clase I y Clase II y III del Ciclo del Combustible Nuclear.

Que las GERENCIAS LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES y SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, han verificado que la formación, capacitación, el entrenamiento y reentrenamiento de los solicitantes de renovación de Autorizaciones Específicas y de renovación de Permisos Individuales se ajustan a los requerimientos establecidos en la Norma AR 0.11.1, la Norma AR 0.11.4 y el Procedimiento citado en el VISTO.

Que el CONSEJO ASESOR PARA EL LICENCIMIENTO DE PERSONAL DE INSTALACIONES CLASE I (RELEVANTES) Y CLASE II Y III (NO RELEVANTES) DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR (CALPIR), en su Nota N° 7834952/19, adjunta el Acta de Reunión N° 326, a través de la cual recomienda dar curso favorable a los trámites de solicitudes de renovación de Autorizaciones Específicas y de renovación de Permisos Individuales para el personal que se desempeña en Instalaciones Clase I y Clase II y III del Ciclo del Combustible Nuclear de la CNEA.

Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece que...

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