Resolución 581/2012

Fecha de disposición01 Octubre 2012
Fecha de publicación22 Octubre 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 1/10/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0271589/2010 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el Visto, la Empresa AGFA GEVAERT ARGENTINA S.A. solicitó el inicio de una investigación por presunto dumping en operaciones de exportación hacia la REPUBLICA ARGENTINA de películas planas, fotográficas, sensibilizadas en ambas caras, sin impresionar, de plástico, para rayos X, de los tipos utilizados en medicina con pantallas en el espectro de luz verde originarias de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, mercadería que clasifica por la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 3701.10.29.

Que mediante la Resolución Nº 58 de fecha 28 de marzo de 2011 de la entonces SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA, se declaró procedente la apertura de investigación.

Que mediante la Resolución Nº 256 de fecha 1 de junio de 2012 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, se resolvió la aplicación de derechos antidumping provisionales bajo la forma de AD VALOREM por el término de CUATRO (4) meses.

Que con posterioridad a la apertura de investigación se invitó a las partes interesadas a realizar sus correspondientes ofrecimientos de prueba.

Que habiéndose producido el vencimiento del plazo otorgado para los mismos, se procedió a elaborar el proveído de pruebas.

Que una vez vencido el plazo otorgado para la producción de la prueba ofrecida, se procedió al cierre de la etapa probatoria de la investigación, invitándose a las partes interesadas a tomar vista del expediente citado en el Visto para que, en caso de considerarlo necesario, las mismas presentaran sus alegatos.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 5.10 del Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, incorporado a nuestra legislación por medio de la Ley Nº 24.425 la Autoridad de Aplicación, con el objeto de dar cumplimiento a las distintas instancias que componen la investigación, ha hecho uso del plazo adicional.

Que la SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS instruyó a la Dirección de Competencia Desleal de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la mencionada Secretaría que proceda a la elaboración del Informe de Relevamiento de lo actuado.

Que la Dirección de Competencia Desleal elevó, con fecha 27 de agosto de 2012, el correspondiente Informe de Determinación Final del Margen de Dumping, señalando que “...se ha determinado...

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