Resolución 40/2023

Fecha de publicación31 Enero 2023
EmisorAUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 27/01/2023

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la solicitud de renovación de su Permiso Individual para el Propósito “3.1.3 – TÉCNICO EN MEDICINA NUCLEAR” presentada por el TÉCNICO Pablo Javier SANABRIA, lo actuado en el Expediente N° 07394-IN, actuación 02/2022 y en el Expediente Electrónico N° 139624597/22 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a), de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio. Asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c), establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

Que el TÉCNICO Pablo Javier SANABRIA ha presentado a esta ARN la solicitud de renovación de su Permiso Individual para el Propósito “3.1.3 – TÉCNICO EN MEDICINA NUCLEAR”.

Que el solicitante posee deuda en concepto de tasas regulatorias según factura N° 0001-00063777.

Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para los usuarios del material radiactivo el pago anual de una tasa regulatoria.

Que el otorgamiento de un Permiso Individual a un usuario de material radiactivo que no da cumplimiento al requisito exigido por el citado Artículo 26 conlleva una excepción a lo dispuesto en la normativa vigente, que esta ARN debe fundar en razones de oportunidad, mérito y/o conveniencia en cada caso en particular.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA), solicitó mediante Nota N° 137161970/22 de la GERENCIA GENERAL que, con carácter de excepción, se autorice la prosecución del trámite de solicitud del TÉCNICO Pablo Javier SANABRIA.

Que el solicitante se desempeña en el INSTITUTO ÁNGEL H. ROFFO, por lo que resulta de interés público el otorgamiento...

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