Resolución 4. RESOL-2019-4-APN-MPYT

Fecha de disposición07 Enero 2019
Fecha de publicación07 Enero 2019
SecciónAsociaciones Sindicales

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

Resolución 4/2019

RESOL-2019-4-APN-MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 03/01/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-40782355-APN-DGD#MT, la Ley N° 23.551 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988, 514 de fecha 7 de marzo de 2003 y 801 de fecha 5 de septiembre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable para las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que el artículo 21 de la citada Ley establece que, a los fines de su inscripción, las asociaciones presentarán ante la autoridad administrativa del trabajo una solicitud haciendo constar: a) Nombre, domicilio, patrimonio y antecedentes de su fundación; b) Lista de afiliados; c) Nómina y nacionalidad de los integrantes de su organismo directivo; y d) Estatutos.

Que, en ese sentido, el artículo 22 de dicha Ley dispone que cumplidos los recaudos mencionados en el considerando anterior, la autoridad administrativa del trabajo, dentro de los NOVENTA (90) días de presentada la solicitud, dispondrá la inscripción en el registro especial y la publicación, sin cargo, de la resolución que autorice la inscripción y extracto de los estatutos en el Boletín Oficial.

Que la ASOCIACIÓN SINDICAL DE TRABAJADORES DE FLYBONDI -F.B. LÍNEAS AÉREAS S.A.-, con domicilio en Montevideo N° 550, 1° "A", de la Ciudad de Córdoba, Provincia de CÓRDOBA, solicitó su inscripción gremial.

Que la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales de la SECRETARÍA DE TRABAJO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO se...

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