Resolución 4.

EmisorCONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA QUÍMICA
Fecha de la disposición26 de Febrero de 2019

CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA QUÍMICA

Resolución 4/2018

Buenos Aires, 13/12/2018

VISTO

La necesidad y conveniencia de la creación del Certificado de Encomienda/Visado y Acervo Profesional (CEAP) electrónico.

Que resulta necesario ordenar la normativa aplicable a la Encomienda Profesional.

Que según lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley 25.506, el Consejo Profesional de Ingeniería Química, podrá emitir certificados digitales en lo referido a la función asignada por el Decreto-Ley 6070/58, ratificado por la Ley 14.456 y el Digesto Jurídico del 2012, con igual validez y alcance jurídico que las firmas en forma manuscrita.

Que el artículo 48 de la Ley 25.506, establece como objetivo fundamental para el funcionamiento del Estado Nacional, la despenalización en todos los niveles de su administración.

Que el CPIQ en forma general y en el caso específico de la Encomienda Profesional interactúa con los diferentes organismos del Estado Nacional. Por lo tanto su contribución le será demandada en tiempo y forma por lo que esta reglamentación debe anticiparse a dichos recaudos.

Que el actual reglamento de Encomienda Profesional debe actualizarse, incorporando las novedades enunciadas, para lo cual se hace necesario y conveniente la creación del Certificado de Encomienda/Visado y Acervo Profesional.

Este CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERIA QUIMICA

RESUELVE

Artículo 1º

Crear el CERTIFICADO DE ENCOMIENDA/VISADO y ACERVO PROFESIONAL en ámbito de la Jurisdicción Nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con lo establecido en el Anexo I del presente.

Artículo 2º

Configurar con la CERTIFICADO DE ENCOMIENDA/VISADO y ACERVO PROFESIONAL un elemento específico para preservar la seguridad pública y el bien común.

Artículo 3º

Será tarea del CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERIA QUÍMICA, arbitrar las medidas para extender este instrumento a favor del comitente y sólo hacia aquellos profesionales habilitados en la MATRÍCULA que éste mismo Consejo administra.

Artículo 4º

El CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERIA QUÍMICA entregará este instrumento en el que se indicará: Apellido y Nombre, Titulo/s de Grado, Curso de Postgrado, Numero de Matrícula del CPIQ, Numero de Registro y Alcance, así como también Apellido y Nombre o Razón Social del comitente con la dirección en el lugar...

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