Resolución 4.

EmisorConsejo Federal Pesquero
Fecha de la disposición 9 de Mayo de 2018

CONSEJO FEDERAL PESQUERO

Resolución 4/2018

San Antonio Oeste, 05/04/2018

VISTO lo dispuesto por el inciso c) del artículo de la Ley N° 24.922, y

CONSIDERANDO:

Que a los fines de la conservación, protección y administración de los recursos vivos marinos debe establecerse anualmente la Captura Máxima Permisible (CMP) para las distintas especies de conformidad con lo establecido en los artículos 9º inciso c) y 18 de la Ley Nº 24.922.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP) ha remitido el Informe Técnico Oficial N° 11/2018, de fecha 14 de marzo de 2018: "Estimación de biomasa de vieira patagónica para la Unidad de Manejo B. Disminución de la talla mínima de captura y sus posibles consecuencias.", y la Nota INIDEP DNI N° 11/2018, de fecha 21 de marzo de 2018, complementaria del Informe Técnico Oficial N° 11/2018.

Que del análisis de los datos obtenidos en la campaña de evaluación efectuada en la Unidad de Manejo (UM) B...

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