Resolución 4/2021

Fecha de publicación25 Enero 2021
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO


Ciudad de Buenos Aires, 19/01/2021

VISTO el Expediente EX-2020-86140665-APN-DACYGD#AABE, los Decretos Nros. 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018 (RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM) y su modificatoria Nº 540 de fecha 5 de diciembre de 2019 (RESFC-2019-540-APN-AABE#JGM), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el Visto tramita la presentación efectuada por la MUNICIPALIDAD DE TIGRE, Provincia de BUENOS AIRES, tendiente a obtener un permiso de uso precario y gratuito sobre un sector de un inmueble de propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en la calle Aristóbulo del Valle S/Nº, sito en la Localidad de RINCÓN DE MILBERG, Partido de TIGRE, Provincia de BUENOS AIRES, identificado catastralmente como Partido: 57 - Circunscripción: I - Sección: A - Manzana: 67, Parcelas: 1 (parte), 4, 5, 6 (parte), 7 (parte), 8 (parte) y 9 (parte), vinculado al CIE 0600038494/10 y que cuenta con una superficie total aproximada de SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (6.845,45m2), según se detalla en el PLANO-2021-01453879-APN-DSCYD#AABE, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida.

Que la solicitud mencionada precedentemente, tiene por objeto implementar el “PROYECTO ACUÁTICO PARA LA TERCERA EDAD” en cuyo marco se prevé destinar el sector e instalaciones del inmueble aludido al desarrollo de actividades para adultos mayores vinculadas con el medio acuático, con la finalidad de mejorar y aumentar la expectativa y calidad de vida de ese grupo etario.

Que el referido proyecto se llevará a cabo entre los meses de enero, febrero y marzo de 2021, y hasta el día 31 de dicho mes.

Que del informe técnico elaborado por la DIRECCIÓN DE SANEAMIENTO CATASTRAL Y DOMINIAL identificado como IF-2021-04112555-APN-DSCYD#AABE, surge que los sectores del inmueble involucrado son de propiedad del ESTADO NACIONAL, encontrándose en jurisdicción de esta AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.

Que del Informe de Estado de Uso y Ocupación efectuado por la DIRECCIÓN DE DESPLIEGUE TERRITORIAL, identificado como IF-2020-91654420-APN-DDT#AABE, se ha constatado que los sectores del inmueble requerido no se encuentran ocupados o en uso.

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, se creó la AGENCIA...

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