Resolución 4/2020

Fecha de publicación12 Enero 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTE SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE


Ciudad de Buenos Aires, 19/11/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-79302954-APN-SECPT#MTR; y

CONSIDERANDO:

Que el Anexo II, Apartado XII -correspondiente al MINISTERIO DE TRANSPORTE-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, sustituido por el artículo 9° del Decreto N° 335 de fecha 4 de abril de 2020, establece entre las competencias de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las de “(…) 2. Entender en la elaboración y propuesta de las políticas nacionales y planes en materia de transporte automotor, ferroviario, aerocomercial, fluvial y marítimo, actividades portuarias y vías navegables e intermodalidad de los sistemas de transporte, supervisando su cumplimiento y proponiendo el marco regulatorio destinado a facilitar su ejecución (…); 3. Intervenir en la elaboración, implementación y ejecución de planes en materia de transporte de cargas y logística, entendiendo en la regulación y participación de los sistemas registrales y estadísticos del sector (…); 4. Intervenir en el diseño, elaboración y propuesta de la política regulatoria del sistema de transporte bajo jurisdicción nacional en sus distintas modalidades (…)”, entre otras.

Que, a los fines del desarrollo de las atribuciones encomendadas a la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE conforme lo expuesto en el considerando anterior, resulta conveniente la creación de un consejo consultivo que tenga por objeto colaborar en el diseño de una política estratégica nacional, en aras de promover un ecosistema de logística multimodal, con miras a incrementar la producción nacional, la carga y servicios anexos, la generación de fuentes de trabajo y la eficiencia en todos los nodos logísticos vinculados al comercio interno y a la política exportadora nacional.

Que, en el marco de dicho consejo consultivo, resulta conveniente invitar a participar en él, a toda entidad pública y/o privada con incumbencia en la materia.

Que al ser las “políticas públicas” acciones de gobierno con objetivos de interés público que surgen de decisiones sustentadas en un proceso de diagnóstico y análisis de factibilidad, la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE entiende necesario la participación de los actores involucrados en el proceso de definición de problemas y soluciones.

Que, en este sentido, al incluir las opiniones de los actores con incumbencia en la materia, especialmente las de los afectados por el problema público en el diseño de política pública, se...

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