Resolución 397/2019
Fecha de publicación | 17 Septiembre 2019 |
Sección | Convenciones Colectivas de Trabajo |
Emisor | MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO |
Ciudad de Buenos Aires, 14/03/2019
VISTO el Expediente Nº 1.709.996/16 del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 126/153 y 154 del Expediente N° 1.709.996/16, obra el convenio celebrado entre la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELÉCTRICA y la empresa CAPEX SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que mediante dicho convenio las partes establecen las condiciones laborales y salariales que serán aplicables al personal de la empresa.
Que en cuanto al ámbito de aplicación personal, el presente resulta aplicable a todo el personal de dependencia que posea título universitario reconocido en el país, que desempeñe actividades existentes o a crearse en la empresa en correspondencia con el alcance personal y territorial de la asociación gremial, quedando excluido el personal que surge detallado en el Anexo I.
Que el presente convenio tendrá una vigencia de CINCO (5) años a partir del 1 de enero de 2018, conforme a las condiciones y términos allí establecidos.
Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que ambos sectores han procedido a ratificar los textos nogociales de marras y se ha constituido la Comisión Negociadora de conformidad con lo establecido en la Ley N° 23546 (to 2004), conforme surge de fojas 35.
Que en cuanto al recaudo establecido en el Artículo 17 de la Ley N° 14250 (to 2004), con relación a los delegados de personal, corresponderá tener presente lo manifestado por la entidad gremial a fojas 1 de las presentes actuaciones.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que asimismo. Se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14250 (to 2004).
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación los referidos instrumentos.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo...
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