Resolucion 390

Fecha de publicación20 Mayo 2008
Fecha de disposición20 Mayo 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31408

Que el referido Reglamento determina que el Concesionario resulta responsable, de la obra mientras que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) es el encargado de supervisar dicha dirección, auditar la calidad de la obra y los procedimientos constructivos a través de verificaciones selectivas, determinando la concordancia entre el proyecto aprobado y la obra ejecutada en el transcurso del proceso constructivo.

Que en función de lo expuesto en los Considerandos precedentes corresponde dejar sin efecto la Resolución ORSNA Nº 57/04 por la que se aprobó el 'Reglamento para la autorización, reglamentación, habilitación y aprobación de obras e inversiones' y la Resolución ORSNA Nº 6/06 por la que se fijaron los 'Criterios respecto de los requerimientos de documentación ambiental en la Tramitación de Proyectos de Obras', toda vez que el nuevo reglamento reemplaza y unifica los procedimientos en ellas contenidos.

Que la GERENCIA DE EJECUCION Y CONTROL DE LA INFRAESTRUCTURA AEROPORTUARIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la debida intervención.

Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS es competente para el dictado de la presente medida conforme lo establece el Artículo 3º de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y demás normativa citada precedentemente.

Que en Reunión de Directorio de fecha de 25 de abril de 2008 se ha considerado el asunto, facultándose al suscripto a dictar la presente medida.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Derogar las Resoluciones ORSNA Nº 57/04 por la que se aprobó el 'Reglamento para la autorización, reglamentación, habilitación y aprobación de obras e inversiones' y Nº 6/06 por la que se fijaron los 'Criterios respecto de los requerimientos de documentación ambiental en la Tramitación de Proyectos de Obras', por las razones expuestas en los Considerandos de la presente medida.

ARTICULO 2º

Aprobar el 'REGLAMENTO PARA LA AUTORIZACION, FISCALIZACION, HABILITACION Y APROBACION DE OBRAS', de conformidad a lo dispuesto por el Numeral 9 del Acta Acuerdo de Readecuación del Contrato de Concesión, ratificada por el Decreto Nº 1799/07.

ARTICULO 3º

Regístrese, notifíquese al Concesionario AEROPUERTOS ARGENTINA 2000.

SOCIEDAD ANONIMA. Póngase en conocimiento de la AUTORIDAD AERONAUTICA, de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA (PSA), de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, Publíquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido, archívese. -- Brigadier Mayor (R) HORACIO A. OREFICE, Presidente, Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos, ORSNA.

NOTA: La presente Resolución se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Nº 31.408 42Martes 20 de mayo de 2008

Por ello,

LA...

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