Resolucion 39

Fecha de publicación25 Abril 2008
Fecha de disposición25 Abril 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31392

Que se constató que tanto la empresa CAEFE S.R.L. como el INGENIERO Jorge Pablo AMSLER infringieron el punto 59 de la norma AR 7.9.1. 'Operación de Equipos de Gammagrafía Industrial', al no haber llevado un registro actualizado en el cual se asienten la recepción, movimiento, transferencia y/o depósito del equipamiento y el material radiactivo.

Que la conducta reprimida por el Artículo 12 del Régimen de Sanciones para Instalaciones Clases II y III, Prácticas no Rutinarias y Transporte de Materiales Radiactivos, aprobado por Resolución del Directorio Nº 32/02 es la falta de cumplimiento con los términos de la licencia de operación o registro o autorización con respecto a los registros contables del material radiactivo por parte de personas físicas o jurídicas responsables por una instalación o por una práctica sujeta a control.

Que el INGENIERO Jorge Pablo AMSLER y la firma CAEFE S.R.L. resultan ser solidariamente responsables por la infracción al punto 59 de la Norma AR 7.9.1. constatada.

Que en la tramitación del presente expediente se procedió a notificar a los involucrados respecto de la infracción a la normativa regulatoria y la oportunidad de presentar las medidas de prueba, los descargos y alegatos, situándose de esta manera a resguardo las garantías del debido proceso adjetivo previstas en el Artículo 1º inciso f) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su reglamentación y en el Procedimiento para la Aplicación de Sanciones aprobado mediante Resolución del Directorio Nº 75/99.

Que los descargos y alegatos fueron presentados en legal tiempo y forma.

Que la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el Directorio es la autoridad competente para aplicar sanciones por infracciones a las normas de seguridad radiológica, en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 16, inciso g) de la Ley Nº 24.804 y su Decreto Reglamentario Nº 1390/98.

Por ello, en su reunión del día 6 de marzo de 2008 (Acta Nº 3).

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR RESOLVIO:

ARTICULO 1º

Aplicar en forma solidaria a la empresa CAEFE S.R.L., con domicilio legal en la calle Rioja Nº 4855, de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y al INGENIERO Jorge Pablo AMSLER, titular del D.N.I.: Nº 20.473.822 con domicilio legal en la calle Rioja Nº 4855, de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, una multa de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON TREINTA Y TRES CENTAVOS ($ 2.333,33.-), por incumplimiento del punto 59 de la Norma AR 7.9.1 'Operación de Equipos de Gammagrafía Industrial', infracción que se encuadra en lo establecido por el Artículo 12 del Régimen de Sanciones para Instalaciones Clases II y III, Prácticas no Rutinarias y Transporte de Materiales Radiactivos, aprobado por Resolución del Directorio Nº 32/02.

ARTICULO 2º

Agréguese copia de la presente al actuado...

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