Resolución 385/2019

Fecha de publicación19 Septiembre 2019
SecciónResoluciones
EmisorAUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR


Ciudad de Buenos Aires, 17/09/2019

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Norma AR 8.11.1: “Permisos Individuales para el Empleo de Material Radiactivo o Radiaciones Ionizantes en seres humanos”, Revisión 2, la solicitud presentada por la Doctora Romina Rita VENTIMIGLIA para renovación del Permiso Individual “Uso de Equipos de Alta Energía, Acelerador Lineal de Uso Médico”, lo actuado por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS en el Expediente N° 06759-IN, Actuación 03/19, lo recomendado por el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR), y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio. Asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c) establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

Que la Doctora Romina Rita VENTIMIGLIA presentó una solicitud de renovación de un Permiso Individual para el Propósito 3.7: “Uso de Equipos de Alta Energía, Acelerador Lineal de Uso Médico”.

Que la Norma AR 8.11.1: “Permisos Individuales para el empleo de Material Radiactivo o Radiaciones Ionizantes en seres humanos”, Revisión 2 establece en el Criterio 22.a:

“22. El médico que desee renovar un permiso individual…deberá acreditar que:

a. Durante la vigencia del permiso se ha desempeñado efectivamente en la práctica indicada en el mismo.”

Que la Doctora VENTIMIGLIA presentó constancias de desempeño correspondientes al Hospital de Oncología Marie Curie y al INSTITUTO DE TECNOLOGÍAS NUCLEARES PARA LA SALUD (INTECNUS).

Que el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR), en su Acta de Reunión N° 4/19, recomendó no dar curso a la Renovación del Permiso Individual, debido a que no se da cumplimiento al Criterio 22 de la Norma A.R 8.11.1, considerando que el HOSPITAL DE ONCOLOGÍA MARIE CURIE no cuenta con Licencia...

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