Resolución

Provincia de Buenos Aires.

JUNTA ELECTORAL.

Resolución . La Plata, 18 de mayo de 2012.

VISTO las atribuciones conferidas a la Junta Electoral por el art. 63 de la Constitución de la Provincia y por el inciso h del artículo 5° del Decreto Ley 9.889/82 (t.o. según Decreto 3631/92), lo dispuesto en el art. 46 inc. “b” del Decreto Ley citado, la intimación efectuada mediante Resolución de Presidencia de fecha 12 de abril de 2012, obrante a fs. 229 de las actuaciones “UNIÓN VECINAL DEL PARTIDO DE PATAGONES” Registro Nº 460, así como el informe de la Secretaría de Actuación que antecede y, CONSIDERANDO:

I- Que del informe elevado por la Secretaría de Actuación de fs. 228 surge que la agrupación “UNIÓN VECINAL DEL PARTIDO DE PATAGONES” Registro Nº 460, del distrito Patagones, ha quedado encuadrada en la causal de caducidad establecida en el inciso “b” del artículo 46 del Decreto Ley antes mencionado, atento a que no presentó listas de candidatos en las elecciones de los años 2009 y 2011.

II- Que según se desprende del informe producido por la Secretaría de Actuación que antecede, se procedió a notificar en el domicilio constituido y partidario, así como publicar en el Boletín Oficial, conforme las constancias obrantes a fs. 232/233, 230/231 y 234 respectivamente.

III- Que la intimación efectuada no ha sido contestada, encontrándose vencido el plazo otorgado.

IV- Que de conformidad a lo dicho en los...

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