Resolución 37. RESOL-2019-37-APN-AAIP

Fecha de disposición27 Febrero 2019
Fecha de publicación27 Febrero 2019
SecciónResoluciones

AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Resolución 37/2019

RESOL-2019-37-APN-AAIP

Ciudad de Buenos Aires, 25/02/2019

VISTO el EX-2019-11053963-APN-AAIP, la Ley N° 25.326, la Ley N° 27.572, los Decretos N° 746 del 25 de septiembre de 2017, Decreto N° 899 del 6 de noviembre 2017 y la Resolución de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA N° 132 del 19 de octubre de 2018, y

CONSIDERANDO

Que por los Decretos N° 746 del 25 de septiembre de 2017 y Nº 899 del 6 de noviembre 2017 se atribuyeron a la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA las facultades de actuar como Autoridad de Aplicación y órgano de control de la Ley N° 25.326.

Que el artículo 21 de la Ley Nº 25.326 dispone que todo archivo, registro, base o banco de datos público, y privado destinado a proporcionar informes debe inscribirse en el Registro que al efecto habilite el organismo de control.

Que, por el artículo 1 de la Resolución N° 132 se estableció que la tramitación de las inscripciones, modificaciones y bajas de las bases de datos personales de carácter privado, público estatal y público no estatal, ante el Registro Nacional de Bases de Datos de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, deberán tramitarse exclusivamente a través de la plataforma "Trámites a Distancia" (TAD) o sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

Que, asimismo en su artículo 6° dispuso el plazo en que dicha obligación debía ser cumplimentada por los responsables de archivos, registros, bases o banco de datos personales de carácter público estatal y público no estatal, siendo su límite el día 28 de febrero de 2019.

Que por los Decretos N° 801/18 del 5 de septiembre de 2018 y 1117 del 10 de diciembre de 2018, se produjo un reordenamiento en el ámbito de los Ministerios, con el objeto de centralizar las competencias en un menor número de jurisdicciones y reorganizar funciones dentro de la Administración Pública Nacional.

Que, en este contexto, y ante la consulta de diversos organismos, resulta necesario prorrogar la fecha de vencimiento para el reempadronamiento de responsables de archivos, registros, bases o banco de datos personales de carácter público estatal y público no estatal, hasta el 30 de junio de 2019.

Que la COORDINACIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA ha tomado la intervención de su competencia.

Que, la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 29,...

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