Resolución 368.

Fecha de disposición20 Septiembre 2016
Fecha de publicación20 Septiembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 368/2016

Buenos Aires, 16/09/2016

VISTO el Expediente N° 170.339/14 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 24.557, N° 26.773, sus normas reglamentarias, modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 24.557 se confirió a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) la función de actuar en carácter de órgano de contralor y supervisión del sistema de riesgos del trabajo.

Que el cumplimiento de dicho cometido conlleva necesariamente el desarrollo de acciones judiciales ante distintos fueros y jurisdicciones, como también actividades a realizarse ante distintas dependencias administrativas, policiales o en instancias extrajudiciales.

Que en mérito a posibilitar el desarrollo de las acciones aludidas precedentemente, se otorgaron oportunamente facultades a profesionales letrados de la entonces Gerencia de Asuntos Legales --hoy Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos--, para que actúen en representación de este Organismo.

Que la Subgerencia de Recursos Humanos informó que, por razones de diversa índole, los profesionales letrados a los que oportunamente se les confirió poder --Doctora María Cecilia REDONDO (M.I. N° 31.318.293), la Doctora Liliana Beatriz LO DRAGO (M.I. N° 17.513.527), la Doctora Natalia Andrea MARÍN DOMINGUEZ (M.I. N° 24.467.748), al Doctor Miguel Martín GÓMEZ AMIGOTT (M.I. N° 28.647.598), a la Doctora Georgina Alejandra GUARDATTI (M.I. N° 27.090.755), a la Doctora Laura Inés VILLAR (M.I. N° 22.861.268), Doctor Héctor Luis VIZCAY (M.I. N° 18.373.546) y Doctor Juan Pablo ORQUERA (M.I. N° 12.520.683)--, han sido desvinculados de este Organismo.

Que en consecuencia, corresponde proceder a la revocación de los mandatos otorgados.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 36 y 38 de la Ley N° 24.557.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE

DE RIESGOS...

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