Resolución 153/2012

Fecha de disposición02 Marzo 2012
Fecha de publicación12 Marzo 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 2/3/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0521417/2011 del Registro de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 958 de fecha 16 de junio de 1992, con las modificaciones introducidas por el Decreto Nº 808 de fecha 21 de noviembre de 1995, reestructuró el transporte automotor de pasajeros de carácter interjurisdiccional, designando a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS como su Autoridad de Aplicación.

Que con el objetivo primordial de facilitar la fiscalización de la información integrante de los boletos o pasajes entregados a los usuarios de los servicios públicos de transporte automotor de pasajeros por carretera de carácter interjurisdiccional, de tráficos libres y de servicios ejecutivos, la SECRETARIA DE TRANSPORTE dictó la Resolución Nº 8 de fecha 23 de enero de 2012 por la cual se establece que los mismos deben contener un código bidimensional que coadyuve a la validación de los billetes de pasajes, evitando su adulteración y/o reutilización, y fortaleciendo el marco de seguridad que el sistema requiere.

Que lo dispuesto por la mencionada Resolución Nº 8/12 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE resulta extensivo a los servicios de transporte automotor de pasajeros de carácter internacional, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4º del ACUERDO DE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE (A.T.I.T.), inscripto como ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL en el marco de la ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (A.L.A.D.I.), conforme con los mecanismos del TRATADO DE MONTEVIDEO de 1980 y puesto en vigencia por el artículo 1º de la Resolución Nº 263 de fecha 16 de noviembre de 1990 de la entonces SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que en atención a la instrucción impartida por el artículo 2º de la citada Resolución Nº 8/12 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE a esta COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en relación con la determinación de la información que debe contener el código bidimensional, su formato y cualquier otra cuestión que haga a su funcionalidad; y las...

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