Resolución 36/2023

Fecha de publicación02 Febrero 2023
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 31/01/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-134004513-APN-SE#MEC, las Leyes Nros. 26.190 y 27.191, el Decreto N° 531 de fecha 30 de marzo de 2016 y la Resolución N° 330 de fecha 6 de mayo de 2022 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que el Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía Destinada a la Producción de Energía Eléctrica, sancionado por la Ley N° 26.190 y modificado y ampliado por la Ley N° 27.191, prevé que se incremente la participación de las fuentes renovables de energía en el consumo de energía eléctrica nacional hasta alcanzar un VEINTE POR CIENTO (20%) al 31 de diciembre del año 2025.

Que el mencionado Régimen se orienta a estimular las inversiones en generación de energía eléctrica, a partir del uso de fuentes de energía renovables en todo el territorio nacional, sean estas nuevas plantas de generación o ampliaciones y/o repotenciaciones de plantas de generación existentes, realizadas sobre equipos nuevos o usados.

Que el Artículo 8° de la Ley N° 27.191 establece que todos los usuarios de energía eléctrica de la REPÚBLICA ARGENTINA deberán contribuir con el cumplimiento de los objetivos de cobertura de los consumos anuales con energía eléctrica de fuente renovable.

Que el Artículo 9° de la Ley N° 27.191 dispone que los Grandes Usuarios del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) y las Grandes Demandas que sean Clientes de los Prestadores del Servicio Público de Distribución o de los Agentes Distribuidores, con demandas de potencia iguales o mayores a TRESCIENTOS KILOVATIOS (300 kW) deberán cumplir efectiva e individualmente con los objetivos indicados en el Artículo 8° de la misma ley.

Que el Artículo 12 de la Ley N° 27.191 prevé que a los efectos del cumplimiento de los objetivos fijados en el Artículo 8° por parte de toda la demanda de potencia menor a TRESCIENTOS KILOVATIOS (300 kW), la Autoridad de Aplicación dispondrá las medidas que sean conducentes para la incorporación al MEM, de nuevas ofertas de energía eléctrica de fuentes renovables que permitan alcanzar los porcentajes y los plazos establecidos en el referido artículo.

Que, en ese marco, la norma citada establece que la Autoridad de Aplicación instruirá a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o al ente que considere pertinente a diversificar la matriz de energías renovables a fin de viabilizar el desarrollo de distintas tecnologías y la diversificación geográfica de los emprendimientos y aprovechar el potencial del país en la materia.

Que de acuerdo con lo establecido en el Artículo 12 del Anexo II del Decreto N° 531 de fecha 30 de marzo de 2016 y su modificatorio, la Autoridad de Aplicación establecerá los plazos en que CAMMESA, o el ente que designe la Autoridad de Aplicación, convocará a Licitación Pública con el objeto de celebrar los Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica proveniente de fuentes renovables necesarios para abastecer a la demanda comprendida en el Artículo 12 de la Ley N° 27.191.

Que, asimismo, el Artículo 12 del Anexo II del Decreto N° 531/2016 dispone que el procedimiento de contratación será público, competitivo y expeditivo, con reglas de aplicación general aprobadas previamente por la Autoridad de Aplicación, que prevean plazos de adjudicación ciertos y breves y garanticen la más amplia concurrencia; que podrá preverse una asignación mínima o cupo por tecnología, buscando diversificar las fuentes renovables de aprovisionamiento entre las distintas tecnologías aptas técnicamente para un abastecimiento de escala comercial, procurando también la diversificación geográfica de los proyectos; que dentro de cada tecnología, las adjudicaciones de los contratos deberán favorecer las ofertas con el menor precio ofertado; entre otros lineamientos.

Que mediante la Resolución N° 330 de fecha 6 de mayo de 2022 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se instrumentó una Convocatoria abierta para recibir Manifestaciones de Interés (MDI) de proyectos de infraestructura que contribuyan a incorporar Generación Renovable y/o instalaciones de almacenamiento de energía en puntos de la red de Transporte por Distribución Troncal y/o de Distribución con cuyo aporte se incremente la participación de la generación renovable en el abastecimiento de la demanda del SISTEMA ARGENTINA DE INTERCONEXIÓN (SADI) y se disminuya y/o eliminen restricciones de abastecimiento y/o se reduzca el requerimiento de generación forzada y/o difieran las...

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