Resolución 359/2015

Fecha de disposición07 Septiembre 2015
Fecha de publicación10 Septiembre 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33211



MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE COMERCIO

Resolución 359/2015Bs. As., 07/09/2015

VISTO el Expediente N° S01:0254826/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, las Leyes Nros. 22.262, 25.156 y 26.993, el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 T.O. 1991 y el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 6° de la Ley N° 22.262 creó la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA como organismo desconcentrado en la órbita de la entonces SECRETARÍA DE ESTADO DE COMERCIO Y NEGOCIACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que el Artículo 58 de la Ley N° 25.156, sustituido por el Artículo 69 de la Ley N° 26.993, derogó la Ley N° 22.262, no obstante lo cual dispuso que las causas en trámite a la fecha de entrada en vigencia de dicha ley, continuarán tramitando de acuerdo con sus disposiciones ante el órgano de aplicación de tal norma, entendiendo en todas las causas promovidas a partir de la entrada en vigencia de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19 y 20 de la misma norma.

Que según las previsiones del Artículo 17 de la Ley N° 25.156, el PODER EJECUTIVO NACIONAL determinó como Autoridad de Aplicación de esa norma a la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, conforme lo indicado en el Anexo II del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones.

Que el mencionado decreto dispone que corresponde a la SECRETARÍA DE COMERCIO, en su carácter de Autoridad de Aplicación, entender en todo lo relativo a la aplicación de la Ley N° 25.156, dictar las normas complementarias y/o aclaratorias y celebrar todos los actos que se requieran para la debida implementación de la misma.

Que el Artículo 19 de la Ley N° 25.156, establece que la Autoridad de Aplicación será asistida por la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, organismo desconcentrado en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS que fuera creado por la Ley N° 22.262, y cuya subsistencia se enmarca en las prescripciones del Artículo 58 de la misma.

Que, a su vez, el Artículo 20, inciso f) de la Ley N° 25.156, determina las facultades de la citada Comisión, entre las que se señala la de desarrollar las tareas que le encomiende la Autoridad de Aplicación.

Que considerando la reorganización administrativa que se encuentra en ejecución, a fin de que esta SECRETARÍA DE COMERCIO adapte sus estructuras para una distribución más eficiente de las funciones que devienen de la Ley N° 25.156, y valorando especialmente la existencia de recursos humanos especializados en el ámbito de la COMISIÓN...

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