Resolución 349. RESOL-2018-349-APN-SECT#MT

Fecha de disposición07 Diciembre 2018
Fecha de publicación07 Diciembre 2018
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 349/2018

RESOL-2018-349-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 01/08/2018

VISTO el Expediente Nº 1.197.324/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 248, 250, 252/255 del Expediente de referencia obran el Acuerdo y Anexos celebrados entre el SINDICATO ÚNICO DE EMPLEADOS DEL TABACO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SUETRA) y la ASOCIACIÓN DE COOPERATIVAS TABACALERAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (A.COO.TAB).

Que asimismo a fojas 249 y 251, obran el Acuerdo y Anexo suscripto por dicha entidad sindical y la COOPERATIVA DE TABACALEROS Y PRODUCTORES AGROPECUARIOS DE CORRIENTES LIMITADA.

Que bajo los mentados Acuerdos, se conviene una recomposición salarial, dentro de los términos y lineamientos estipulados.

Que en relación con el carácter otorgado a las sumas pactadas, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores es de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde exhortar a las partes a fin de que en futuras negociaciones, las...

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