Resolución 1/2012

Fecha de disposición11 Enero 2012
Fecha de publicación13 Enero 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 11/1/2012

VISTO el Expediente S01:0010739/2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS DE LA NACION, y

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 5 de enero de 2012, la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS emitió la Resolución General Nº 3252, por medio de la cual se establece un régimen de información anticipada aplicable a todas las destinaciones definitivas de importación para consumo, a través de una DECLARACION JURADA ANTICIPADA DE INFORMACION (DJAI).

Que, en ese marco, en el artículo 3º de la mencionada norma se dispone que la información registrada en dichas declaraciones juradas será puesta a disposición de los Organismos que adhieran al mecanismo instaurado en la misma, en función de su competencia en la materia considerando la naturaleza de la mercadería a importar u otras condiciones establecidas por los mismos o por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.

Que, desde el punto de vista de la unicidad estratégica, resulta necesario para esta SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, contar con la información referida en dicha norma, con el objeto de realizar análisis tendientes a impedir que el mercado interno se vea afectado negativamente, ya que la importancia cualitativa y/o cuantitativa de las importaciones a efectuarse tiene la característica de impactar, sobre el comercio interior.

Que, al mismo tiempo, el acceso a la información contribuirá a una mejor y mayor evaluación del grado de competitividad de la actividad económica, posibilitando la tipificación de las estructuras de costos de los bienes que conforman el mercado.

Que la información en cuestión también surtirá efectos sobre aquellas cuestiones relacionadas con la aplicación de las Leyes Nros. 22.802 de Lealtad Comercial, 19.227 de Mercados de Interés Nacional, 19.511 de Metrología Legal y 24.240 de Defensa del Consumidor, así como también la supervisión del seguimiento de la normativa de Lealtad Comercial en el MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y los reglamentos nacionales que en su consecuencia deban dictarse.

Que, en consecuencia, esta SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR debe adherir al mecanismo establecido por Resolución 3252/2012. Asimismo, corresponde, de acuerdo con lo señalado en el artículo 4º de la Resolución General Nº 3252/2012, establecer el plazo en que ésta SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR se pronunciará respecto de la...

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