Resolución 333-E.

Fecha de disposición28 Abril 2017
Fecha de publicación28 Abril 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 333-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 08/03/2017

VISTO el Expediente N° 231-164.011/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 13/14 vuelta del Expediente N° 231-164.011/16, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBREROS, CONFITEROS, PASTELEROS, FACTUREROS Y PIZZEROS DE SANTA FE y la FEDERACIÓN TRABAJADORES PASTELEROS, SERVICIOS RÁPIDOS, CONFITEROS, HELADEROS, PIZZEROS Y ALFAJOREROS (F.T.P.S.R.C.H.P. Y A.) por el sector de los trabajadores y la ASOCIACIÓN EMPRESARIA HOTELERA GASTRONÓMICA DE SANTA FE junto al CENTRO DE INDUSTRIALES PANADEROS SANTA FE por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 600/10, oportunamente suscripto por las mismas, de conformidad con la Ley de Negociaciones Colectivas Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho Acuerdo, las partes han convenido el pago de una suma de carácter no remunerativa por única vez en concepto de gratificación extraordinaria, conjuntamente con nuevas condiciones salariales, dentro de los términos y lineamientos estipulados.

Que el ámbito territorial y personal del Acuerdo se corresponde con la actividad representada por las empleadoras signatarias y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de...

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