Resolucion 33

Fecha de disposición25 Abril 2008
Fecha de publicación25 Abril 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31392

SOLICITUDES DE RENOVACION DE AUTORIZACION ESPECIFICA CNE: Central Nuclear Embalse CNE: Central Nuclear Embalse CNA-I: Central Nuclear Atucha I RA-1: Reactor de Investigación y Entrenamiento RA-1

RA-3: Reactor de Investigación y Producción RA-3

ECRI: Planta de Fabricación de Elementos Combustibles para Reactores de Investigación PFPU: Planta de Fabricación de Polvos de Uranio ALFA: Laboratorio Alfa ALFA: Laboratorio Alfa LUE: Laboratorio de Uranio Enriquecido LTA: Laboratorio de Triple Altura PPFSCo60 : Planta de Producción de Fuentes Selladas de Co60

TANDAR: Acelerador Tandar CICLOTRON: Ciclotrón de Producción de Radioisótopos Mo99: Planta de Producción de Mo99 por Fisión DUE: Depósito de Uranio Enriquecido DEMANU: Depósito de Material Nuclear 1 e. 25/04/2008 Nº 577.048 v. 25/04/2008 AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION Resolución Nº 33/2008

Bs. As., 4/4/2008

VISTO el Expediente Nº 4849/06 del registro de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR, la Ley Nº 24.804, su Decreto Reglamentario Nº 1390/98, el Régimen de Sanciones para Instalaciones Clase II y III, Prácticas no Rutinarias y Transporte de Materiales Radiactivos, aprobado por Resolución del Directorio Nº 32/02, el Procedimiento para la Aplicación de Sanciones aprobado por la Resolución del Directorio Nº 75/99, la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y sus reglamentaciones, y CONSIDERANDO:

Que en el expediente citado en el VISTO se analizó la posible comisión de infracciones a lo establecido en el punto 59 de la Norma AR 7.9.1 'Operación de Equipos de Gammagrafía Industrial' por parte de la empresa CAEFE S.R.L., con Licencia de Operación Nº 14437/2/3/02-09, y del INGENIERO Jorge Pablo AMSLER, titular del Permiso Individual Nº 17781/0/4/12-09, en su carácter de Responsable por la Seguridad Radiológica de la empresa CAEFE S.R.L.

Que las infracciones investigadas se encuadrarían en el Artículo 12 del Régimen de Sanciones para Instalaciones Clases II y III, Prácticas no Rutinarias y Transporte de Materiales Radiactivos, aprobado por Resolución del Directorio Nº 32/02.

Que en las inspecciones plasmadas en las Actas ARN Nº 7395, 8459, 8554, 8556 y 8660 realizadas por agentes de esta ARN en las instalaciones de la empresa CAEFE S.R.L. se constataron deficiencias, falencias y/o anomalías en los registros de inventario y movimiento de equipamiento --proyectores y contenedores-- y registro de fuentes radiactivas.

Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.392 46Viernes 25 de abril de 2008

Que se constató que tanto la empresa CAEFE S.R.L. como el INGENIERO Jorge Pablo AMSLER infringieron el punto 59 de la norma AR 7.9.1. 'Operación de Equipos de Gammagrafía Industrial', al no haber llevado un registro actualizado en el cual se asienten la recepción, movimiento, transferencia y/o depósito del equipamiento y el material radiactivo.

Que la conducta reprimida por el Artículo 12 del Régimen de Sanciones para Instalaciones Clases II y III, Prácticas no Rutinarias y Transporte de Materiales Radiactivos, aprobado por Resolución del Directorio Nº 32/02 es la falta de cumplimiento con los términos de la licencia de operación o registro o autorización con respecto a los registros contables del material radiactivo por parte de personas físicas o jurídicas responsables por una instalación o por una práctica sujeta a control.

Que el INGENIERO Jorge Pablo AMSLER y la firma CAEFE S.R.L. resultan ser solidariamente responsables por la infracción...

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