Resolución 321/2019

Fecha de publicación20 Agosto 2019
SecciónResoluciones
EmisorAUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Ciudad de Buenos Aires, 15/08/2019

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, lo establecido en la Norma AR 7.11.1: “Permisos individuales para operadores de equipos de gammagrafía industrial”, Revisión 3, lo actuado en el Expediente 03975-IN, Actuaciones 05/18, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio. Asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c) establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

Que el Señor Ramiro Hernán MAYER ha presentado la documentación para la renovación de su Permiso Individual para el propósito “Operación de Equipos de Gammagrafía Industrial”.

Que el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR), en su Reunión N° 8/18 –Listado 904, Aplicaciones Industriales– no recomendó la continuidad del trámite de renovación del Permiso Individual del Señor Ramiro Hernán MAYER, especificando que “se recomienda solicitar nuevo certificado psicofísico en el que se exprese correctamente el apto para este usuario, ya que el médico evaluador expresa el apto haciendo referencia al...

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