Resolución 317.
Fecha de disposición | 19 Noviembre 2015 |
Fecha de publicación | 19 Noviembre 2015 |
Sección | Avisos Oficiales |
Bs. As., 05/10/2015
VISTO el Expediente N° ACR N° 00001418/2015, las Leyes N° 22.399 y N° 26.168, la Resolución ACUMAR N° 46/2014, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 26.168 creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO como ente de derecho público interjurisdiccional, con competencias en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los partidos de Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, La Matanza, Ezeiza, Cañuelas, Almirante Brown, Morón, Merlo, Marcos Paz, Presidente Perón, San Vicente, y General Las Heras, de la Provincia de Buenos Aires.
Que la citada Ley de creación establece en su artículo 2° in fine que la ACUMAR dictará sus reglamentos de organización interna y de operación.
Que el artículo 41 de la Constitución Nacional establece que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y determina que las autoridades proveerán, entre otras cuestiones, a la información y educación ambientales.
Que en ese orden de ideas, la Ley General del Ambiente N° 25.675, en su artículo 2° establece entre los objetivos que deberá cumplir la política ambiental nacional promover cambios en los valores y conductas sociales que posibiliten el desarrollo sustentable a través de una educación ambiental, tanto en el sistema formal como en el no formal así como organizar e integrar la información ambiental y asegurar el libre acceso de la población a la misma.
Que asimismo, entre los instrumentos de la política y la gestión ambiental, regulados en el artículo 8° de la mencionada norma, se enumera la educación ambiental y el sistema de diagnóstico e información ambiental, los cuales se desarrollan en diversos artículos de la Ley mencionada.
Que en ese sentido, el Plan Integral de Saneamiento Ambiental (PISA), elaborado por la ACUMAR, donde se definen los lineamientos y políticas a seguir por el organismo, establece como una de sus líneas de acción el Plan Estratégico de Comunicación.
Que uno de los objetivos del mencionado Plan Estratégico de Comunicación es implementar acciones de comunicación y difusión de ACUMAR, que contengan a todos los actores sociales, gubernamentales y no gubernamentales así como grupos de interés de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo, definiendo las acciones de comunicación integradas transversalmente a los diferentes componentes en ejecución de...
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