Resolución 1163/2011

Fecha de disposición17 Agosto 2011
Fecha de publicación23 Agosto 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32218

Bs. As., 17/8/2011

VISTO el Expediente Nº S04:0021738/11 del registro de este Ministerio, la Resolución M.J. y D.H. Nº 561 del 29 de junio de 2005 ampliada por sus similares Nros. 1764 del 5 de diciembre de 2006, 968 del 1º de abril de 2009 y 2128 del 20 de agosto de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución M.J. y D.H. Nº 561/05 ampliada por sus similares Nros. 1764/06, 968/09 y 2128/10 se dictó a fin de llamar a concurso para la cobertura del cargo de Encargado Titular de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor incluidos en el Anexo de dichos actos.

Que ese llamado a concurso previó lo relacionado con el procedimiento para la cobertura del cargo de Encargado Titular de CIENTO CUARENTA Y CUATRO (144) Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor mencionados en el Anexo de aquel acto; asimismo y atento la cantidad de delegaciones registrales vacantes, el artículo 2º de la Resolución M.J. y D.H. Nº 561/05 y sus ampliatorias, estableció que los procedimientos concursales se sustanciarían en QUINCE (15) etapas, siendo facultada la DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS a fin de determinar el inicio de cada una de ellas, así como los Registros Seccionales cuya titularidad se concursaría en cada oportunidad.

Que, en ese contexto, el organismo registral ha informado de la existencia de nuevas delegaciones registrales que requieren ser dotadas de un Encargado Titular, habida cuenta de que se encuentran vacantes, siendo ellas las siguientes: CAPITAL FEDERAL Nº 99 (CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES), CAPITAL FEDERAL Nº 100 (CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES), CAMPANA Nº 3 (PROVINCIA DE BUENOS AIRES), CARLOS TEJEDOR (PROVINCIA DE BUENOS AIRES), CHIVILCOY Nº 2 (PROVINCIA DE BUENOS AIRES), ITUZAINGO Nº 3 (PROVINCIA DE BUENOS AIRES), LA MATANZA Nº 4 (PROVINCIA DE BUENOS AIRES), LA MATANZA Nº 6 (PROVINCIA DE BUENOS AIRES), LA MATANZA Nº 13 (PROVINCIA DE BUENOS AIRES), LA PLATA Nº 15 (PROVINCIA DE BUENOS AIRES), MORENO Nº 5 (PROVINCIA DE BUENOS AIRES), PIGÜE (PROVINCIA DE BUENOS AIRES), QUILMES Nº 9 (PROVINCIA DE BUENOS AIRES), CORDOBA Nº 23 (PROVINCIA DE CORDOBA), RIO TERCERO Nº 2 (PROVINCIA DE CORDOBA), BELLA VISTA (PROVINCIA DE CORRIENTES), LA RIOJA Nº 4 (PROVINCIA DE LA RIOJA), RAFAELA Nº 5 (PROVINCIA DE SANTA FE), SAN JUAN Nº 5 (PROVINCIA DE SAN JUAN), LA BANDA Nº 2 (PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO), JUAN BAUTISTA ALBERDI (PROVINCIA DE TUCUMAN) y TUCUMAN Nº 4 (PROVINCIA DE TUCUMAN).

Que, en el mismo contexto, se ha puesto en conocimiento que respecto de los Registros Seccionales mencionados precedentemente es menester convocar al procedimiento tanto a quienes cuenten con los títulos profesionales mencionados en el artículo 2º del Decreto Nº 644 del 18 de mayo de 1989 (modificado por su similar Nº 2265 del 22 de diciembre de 1994), como a los idóneos a los que...

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