Resolución 3126/2014

Fecha de la disposición17 de Noviembre de 2014



ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 3126/2014Bs. As., 17/11/2014

VISTO el Expediente Nº 25.579 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto en los Decretos Nº 1023/2001 y Nº 893/2012 y en la Resolución ENARGAS Nº I/2278 del 24 de agosto de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones tramita la contratación del servicio de limpieza integral para el edificio de la Sede Central del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, sito en la calle SUIPACHA 636, el Anexo TUCUMAN Nº 926/930 y el Anexo TUCUMAN Nº 861 Piso 1°, todos ellos de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, de acuerdo a lo establecido en el ANEXO I - ESPECIFICACIONES TECNICAS del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.

Que este procedimiento se inició con el INFORME GA / Mantenimiento Nº 91/2014, del 20 de octubre de 2014, por el cual el SECTOR DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES informó a la GERENCIA DE ADMINISTRACION sobre la necesidad de contratar los servicios de una empresa para realizar, por un nuevo período anual, la limpieza integral de los edificios de calle SUIPACHA 636, TUCUMAN Nº 926/930 y TUCUMAN Nº 861 Piso 1°, todos ellos de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

Que agregó que solicitó un presupuesto a la actual prestadora del servicio, LIMPOL S.A., para la limpieza integral para los edificios citados, incluyendo la provisión de insumos y elementos de tocador y la limpieza mensual de vidrios en altura para el edificio de calle SUIPACHA 636, de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, cuya cotización anual asciende a la suma aproximada de PESOS OCHO MILLONES CIENTO SESENTA MIL ($ 8.160.000,00) y adjuntó las Especificaciones Técnicas del servicio a contratar.

Que obra en autos la Solicitud de Gastos Constancia de Afectación Preventiva Nº 134, de fecha 05 de noviembre de 2014, correspondiente a este procedimiento de contratación, que cuenta con la debida autorización del AREA DE PRESUPUESTO.

Que se encuentra incorporado en autos un ejemplar del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.

Que el artículo 34 (MONTO ESTIMADO DE LOS CONTRATOS), del Decreto Nº 893/2012 establece que: “Cuando el monto estimado del contrato sea el parámetro que se utilice para elegir el procedimiento de selección, se deberá considerar el importe total en que se estimen las adjudicaciones incluidas las opciones de prórroga previstas y se aplicará la siguiente escala: [...] c) Licitación pública o...

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