Resolución 312/2022

Fecha de publicación15 Marzo 2023
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 02/11/2022

VISTO el expediente N° 15/2020/INAMU, las Leyes 26.801, 27.539, 26.743, la Resolución Nº 32/2020/INAMU, la Resolución N°118/2021/INAMU, la Resolución Nº 150/22/INAMU, y

CONSIDERANDO

Que la ley 26.801 constituyó un avance significativo en el fomento y protección de la actividad musical de nuestro país. Su objetivo, entre muchos otros, fue proporcionar una herramienta adecuada para el acceso y desarrollo de la actividad artística que ejercen nuestros músicos y músicas bajo una lógica distinta a la del mercado y la finalidad unívoca del lucro. Se estableció en la mencionada legislación la creación del Instituto Nacional de la Música.

Que la ley 27.539 estableció el cupo femenino y acceso de artistas a eventos musicales en vivo que hacen al desarrollo de la actividad musical, obligando la convocatoria de artistas mujeres a los eventos que se desarrollen con tres (3) o más artistas solistas y/o agrupaciones musicales, en base a una tabla indicativa prevista en el artículo 2, y porcentajes de cupo cuando se supere la cantidad de diez (10) artistas, y demás detalles previstos en la misma.

Que el artículo 7 de la ley 27.539 establece que el Instituto Nacional de la Música será la autoridad de aplicación de la presente normativa, y su artículo 8 regula las funciones que la ley le asigna a la autoridad de aplicación, entre las cuales se encuentran: el de ejercer las facultades de control previo a la realización de los eventos y su posterior inspección a los fines de garantizar los derechos conferidos por la presente ley; el de elaborar los reglamentos necesarios para el cumplimiento de la presente ley; el de imponer las sanciones y recaudar las multas en virtud del incumplimiento de las prescripciones previstas en la presente ley; el de realizar un seguimiento y elaborar un informe anual de carácter público y de alcance nacional sobre la participación femenina en espectáculos de música en vivo; y el de promover a través de los medios de comunicación el conocimiento de los derechos establecidos por la presente ley.

Que en virtud de dicho marco normativo, y a los efectos de lograr operatividad en la aplicación de la normativa precitada, se dictó la Resolución Nº 32/20/INAMU y sus modificatorias y complementarias, mediante la cual se aprobó el cuerpo de disposiciones para sustanciar sumarios por infracción a lo dispuesto en la Ley 27.539.

Que la Resolución N°118/2021/INAMU crea en su artículo 1° la Unidad de Ley de Cupo Femenino en el ámbito...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR