Resolución 31/2015

Fecha de disposición30 Julio 2015
Fecha de publicación10 Agosto 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33189



MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DEÂ VITIVINICULTURA

Resolución 31/2015Mendoza, 30/07/2015

VISTO el Expediente N° S93-0005451/2015 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, la Ley Nacional de Alcoholes N° 24.566, las Resoluciones Nros. C.18 de fecha 17 de julio de 2008, C.19 de fecha 30 de julio de 2008 y C.37 de fecha 1 de diciembre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el ArtÃculo 4° de la Ley Nacional de Alcoholes N° 24.566 establece que el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) será la autoridad de aplicación y dictará las normas reglamentarias necesarias para la prosecución de los fines inherentes a la misma.

Que la Resolución N° C.18 de fecha 17 de julio de 2008 establece que las Declaraciones Juradas requeridas por este Organismo a los inscriptos de la industria alcoholera, deberán ser presentadas a través del Sistema de Transferencia Electrónica de Datos.

Que la Resolución N° C.19 de fecha 30 de julio de 2008 establece el Libro Oficial de Hojas Móviles de Movimientos de Alcoholes, confeccionado por medios informáticos.

Que el citado libro se conforma por las Declaraciones Juradas Mensuales de Movimientos de Alcoholes que deben transmitir los inscriptos en este rubro del INV, con un vencimiento de hasta el dÃa 10 del mes siguiente al que se declara.

Que la Resolución N° C.37 de fecha 1 de diciembre de 2009, define como Anhidradoras a los locales destinados a la destilación, deshidratación o almacenaje de alcohol anhidro destinado a la mezcla con naftas para la obtención de biocombustibles.

Que la precitada resolución establece en su Punto 9°, que los responsables de las anhidradoras, deberán también transmitir una información semanal de los egresos de alcohol anhidro con destino a empresas petroleras para su mezcla con naftas y una información mensual hasta el dÃa 10 del mes siguiente, de los distintos movimientos producidos en el establecimiento.

Que esta metodologÃa de transmisión de la información no es la más adecuada, por cuanto se trata de movimientos ocurridos en un perÃodo de tiempo pasado.

Que el objetivo de este Instituto, es contar con información más detallada y en tiempo real, de los distintos movimientos que se producen en los inscriptos de alcoholes, y de esa manera poder diagramar de una forma más eficiente las tareas de fiscalización, inherentes a la producción, circulación, fraccionamiento y comercialización del alcohol...

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