Resolución 316/2011

Fecha de disposición02 Agosto 2011
Fecha de publicación02 Agosto 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32204

Martes 2 de agosto de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.204 22

ARTICULO 2

'º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado por la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS por la parte gremial, y la empresa PLASTAL SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, obrante a fojas 28/29 del Expediente N'º' 1.428.467/11, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 3

'º — RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre los Acuerdos obrantes a fojas 26/27 y 28/29 del Expediente N'º' 1.428.467/11.

ARTICULO 4

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 5

'º — NotifÃquese a las partes signatarias. Cumplido, gÃrese a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de que evalúe la procedencia de elaborar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope lndemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del ArtÃculo 245 de la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Finalmente procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 419/05.

ARTICULO 6

'º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los Acuerdos homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5 de la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 7

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N'º' 1.428.467/11

Buenos Aires, 17 de marzo de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º' 172/11, se ha tomado razón de los acuerdos obrantes a fojas 26/27 y 28/29 del expediente de referencia, quedando registrados bajo los números 333/11 y 334/11 respectivamente. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación.

ACTA ACUERDO CONVENCIONAL PLASTAL UOyEP En la Ciudad de Buenos Aires, a los 24 dÃas del mes de enero de 2011 se reúnen los señores Carlos A. Sabella, D.N.I. 12.890.678, en representación de la Empresa PLASTAL ARGENTINA S.A. (en adelante LA EMPRESA) con domicilio legal en Leandro N. Alem 928, Piso 7'º, Of. 721, de la Ciudad de Buenos Aires y el señor Fabián Rojas, D.N.I. 18.120.395 y el señor Omar Reguera D.N.I. 16.953.405, en representación de la UNION DE OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA —UOyEP— (en adelante LA ENTIDAD SINDICAL), junto con los Delegados del Personal, la señora Mónica Millens D.N.I. 22.318.139, los señores, Ricardo Oscar D.N.I. 22.628.918, Luis Cardozo D.N.I. 18.344.956, Ariel Monzón D.N.I. 17.664.356, Néstor GarcÃa D.N.I. 25.407.633, Guillermo GarcÃa D.N.I. 17.664.118 y Oscar Ibañez D.N.I. 22.972.074, conforme a las exigencias que impone el ArtÃculo 17 de la Ley 14.250, a efectos de convenir el presente acuerdo:

1) La Empresa abonará de acuerdo a lo convenido el 10 de enero de 2011 y para todas las Empresas alcanzadas por la convención colectiva de trabajo vigente para la actividad de la industria plástica y de la cual son signatarias la ENTIDAD SINDICAL y la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA PLASTICA, una Gratificación extraordinaria y no remunerativa por única vez de $' 1.000 (pesos mil), que se liquidará en dos cuotas iguales y consecutivas de $' 500, la que se abonará junto a las liquidaciones correspondientes a los meses de enero y febrero.

2) Asimismo, y después de un largo debate, LA EMPRESA acuerda con la ENTIDAD SINDICAL y el cuerpo de Delegados de la Empresa que se abonará a todo su personal incluido en el Convenio Colectivo de trabajo 419/05, un Pago Extraordinario, por única vez, graciable, no bonificable y complementario del pago indicado en el punto 1) de la presente, consistente en una suma de $' 600 (pesos seiscientos), la cual será abonada en dos cuotas consecutivas e iguales de $' 300 (pesos trescientos) cada una y a liquidarse junto a los haberes de los meses de marzo y abril del presente año. Este pago se identificará bajo la voz de pago “Pago Extraordinario Plastal - Acta Acuerdo 24/1/11 - Cuota I de II”.

3) Las partes se comprometen a preservar un marco de paz social y armonÃa laboral durante cada una de las instancias que involucra el presente Acuerdo, como asà también por toda su vigencia, esto es, hasta que culminen las obligaciones de pago convenidas y se comprometen a presentar ante la autoridad administrativa este Acuerdo, solicitando la homologación del mismo, tal como lo contempla la Ley 14.250.

4) En prueba de conformidad, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

ACTA ACUERDO CONVENCIONAL PLASTAL UOyEP En la Ciudad de...

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