Resolución 552/2011
Fecha de disposición | 22 Julio 2011 |
Fecha de publicación | 22 Julio 2011 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 32197 |
Viernes 22 de julio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.197 10 de la población, asà como la gestión de riesgos, y sin fines de lucro, sean públicas, o privadas, se encuentren desarrollando sus acciones en territorio nacional, provincial, regional o municipal.
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brindar la información que se le consulte sobre la existencia, antecedentes y funcionamiento de dichas instituciones, a todo aquel que lo requiera.
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orientar y asesorar a las entidades inscriptas o en condiciones de inscribirse que lo soliciten, sobre la inscripción propiamente dicha, el funcionamiento, la organización y gestión de las mismas.
'º â La DIRECCION DE CONTROL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS Y DE COORDINACION DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES (ONGs), dependientes de la DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION CIVIL del MINISTERIO DEL INTERIOR, tendrá a su cargo, la organización, coordinación y seguimiento del REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES, quedando la primera facultad, a tal efecto, a dictar las disposiciones complementarias y aclaratorias necesarias para la implementación, ejecución y difusión del mismo.
'º â Las instituciones deberán presentar ante la DIRECCION DE CONTROL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS Y DE COORDINACION DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES (ONGs) para su reconocimiento:
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Acta constitutiva
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Nómina de Comisión Directiva
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PersonerÃa JurÃdica
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Estatuto y Reglamento Toda modificación de los estatutos y la renovación de autoridades por vencimiento de los mandatos, deberá ser comunicada por las ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES para mantener vigentes su reconocimiento, en un plazo de CIENTO VEINTE (120) dÃas.
'º â Serán reconocidas las entidades de carácter voluntario que cumplan con los requisitos del artÃculo 4'º de la presente Resolución, la legislación nacional vigente y las disposiciones dictadas en consecuencia, pudiendo ser convocadas para realizar las actividades de protección civil de la población, encuadradas en los objetivos de la DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION CIVIL.
'º â ComunÃquese, publÃquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archÃvese. â AnÃbal F. Randazzo.
INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Resolución 214/2011
Apruébanse los nuevos formularios de solicitud de registro.
Bs. As., 11/7/2011
VISTO, el expediente N'º' A 253-61742/03 iniciado por la Dirección de Asuntos Legales de este INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, referido a la modificación de formularios de solicitudes de trámites de registro ante el mencionado organismo, y CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones mencionadas en el visto, se propicia el reemplazo de todos los formularios de solicitud de registro ante las Direcciones del Organismo y la Administración Nacional de Patentes.
Que este cambio es consecuencia de la gestión llevada a cabo con el fin de modernizar y adecuar los sistemas informáticos, los circuitos de recepción de la documentación y el pago de aranceles, a fin de dar mayor celeridad y seguridad jurÃdica al trámite.
Que las modificaciones propuestas han sido elaboradas...
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