Resolución 129/2011
Fecha de disposición | 22 Julio 2011 |
Fecha de publicación | 22 Julio 2011 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 32197 |
Viernes 22 de julio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.197 25
CUARTO - NATURALEZA Como se explicitara en el artÃculo segundo que antecede, esta gratificación tendrá carácter no remunerativo ni contributivo a ningún efecto, tampoco generará aportes y contribuciones a los subsistemas de seguridad social, ni cuotas o contribuciones sindicales ni de ninguna otra naturaleza, con la única excepción de un aporte a cargo de los trabajadores y una contribución proporcional que las empresas deberán ingresar con destino a la obra social de la UOMRA en los porcentuales previstos en la ley 23.660, calculados sobre el importe pagado, sin que ello implique alterar su naturaleza.
Los pagos deberán efectuarse mediante la boleta electrónica implementada por la entidad sindical debiendo ingresar a la página web www.uom.org.ar para obtener el pertinente formulario.
De igual manera la suma gratificatoria no se incorporará a los básicos futuros como tampoco será considerada como base de cálculo o referencia para las próximas negociaciones paritarias salariales.
QUINTO - ABSORCION DE IMPORTES La suma gratificatoria se absorberá hasta su concurrencia con los importes, remunerativos o no, que hubieran otorgado las empresas aquà representadas a sus trabajadores desde el 1ro, de diciembre de 2010 hasta la fecha del presente, en igual concepto y naturaleza que al aquà previsto, en ningún caso operará una duplicación de pago.
SEXTO - PAZ SOCIAL Las partes ratifican la paz social pactada durante el lapso de vigencia del Acuerdo Salarial Convencional homologado por Resolución S.T. 526/10 y comprometen sus mejores esfuerzos para iniciar en un clima propicio de negociaciones paritarias salariales en el próximo mes de abril.
SEPTIMO - HOMOLOGACION Las partes solicitarán la homologación del presente a la Autoridad de Aplicación.
En prueba de conformidad con lo precedentemente expresado se firman ejemplares de idéntico tenor y efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 129/2011
Registro N'º' 305/2011
Bs. As, 3/3/2011
VISTO el Expediente N'º' 1.100.512/04 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º' 20.744 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado por la FEDERACION DE TRABAJADORES DEL TABACO DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la ASOCIACION DE COOPERATIVAS TABACALERAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (A.COO.TAB.)...
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