Resolución 300.
Fecha de disposición | 10 Noviembre 2015 |
Fecha de publicación | 10 Noviembre 2015 |
Sección | Avisos Oficiales |
Bs. As., 06/11/2015
VISTO el Expediente N° S01:0305395/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y su reglamentación, las Resoluciones Nros. 223 de fecha 29 de noviembre de 1996, 480 de fecha 5 de noviembre de 1997 y 576 de fecha 11 de diciembre de 1998, todas ellas de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, la Resolución N° 437 de fecha 19 de diciembre de 2001 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y la Resolución N° 340 de fecha 15 de noviembre de 2010 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 223 de fecha 29 de noviembre de 1996 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, modificada por sus similares Nros. 480 de fecha 5 de noviembre de 1997 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, y 340 de fecha 15 de noviembre de 2010 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, se establece que el pago del Sueldo Anual Complementario se abonará al personal de las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional comprendidas en el inciso a) del Artículo 8° de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, incluyendo a estos efectos a las Universidades Nacionales, las Empresas del Estado, Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas con participación estatal mayoritaria y Sociedades de Economía Mixta, a partir del primer día hábil de los meses de enero y julio, respectivamente a cada semestre.
Que mediante la Resolución N° 576 de fecha 11 de diciembre de 1998 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, modificada por sus similares Nros. 437 de fecha 19 de diciembre de 2001 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y 340/10 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, se determinaron las pautas para el pago del Sueldo Anual Complementario correspondiente al segundo semestre de cada año de los agentes comprendidos en el Artículo 8° de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°...
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