Resolución 3.

Fecha de disposición12 Octubre 2018
Fecha de publicación12 Octubre 2018
SecciónResoluciones

COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

Resolución 3/2018

Buenos Aires, 31/01/2018

VISTO la Ley N° 26.727 y la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 51 de fecha 21 de julio de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 51/17 determinó las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en las tareas de FLORICULTURA Y VIVEROS, en el ámbito de la Provincia de CORRIENTES.

Que analizados los antecedentes respectivos y habiendo coincidido las representaciones sectoriales en cuanto a la pertinencia de la actualización de las remuneraciones mínimas que la Resolución precitada establece, debe procederse a su determinación.

Que, asimismo, deciden instaurar una cuota aporte de solidaridad gremial aplicable sobre el total de las remuneraciones de los trabajadores que se desempeñan en el marco de la presente actividad, y determinar su plazo de vigencia, límites de aplicación y modo de percepción por la entidad sindical signataria.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 de la Ley N° 26.727.

Por ello,

LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en las tareas de FLORICULTURA Y VIVEROS, en el ámbito de la Provincia de CORRIENTES, conforme se consigna en los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2° Las remuneraciones establecidas en la presente mantendrán su vigencia aún vencido el plazo previsto en el Anexo II, y hasta tanto no sean...

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