Resolucion 3

Fecha de disposición06 Marzo 2007
Fecha de publicación06 Marzo 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31109

América TV SA - Básicos vigentes entre el 01/11/06 y el 31/03/07

Básico Escalas % de apertura Decretos AFA* Total FUNCIONES de escala Actual Aspirante de Redacción Aspirante de Archivo 1 1 $ 717,00 $ 180,00 $ 100,00 $ 997,00 Aspirante de Laboratorio Aspirante de Cámaras Aspirante de Compaginación Motociclista de Redacción Productor Periodístico Camarógrafo 'B' 4 $ 1,60 $ 1.150,00 $ 180,00 $ 0,00 $ 1.330,00 Compaginador 'B' Archivista Laboratorista 'B' Redactor 5 $ 1,84 $ 1.320,00 $ 180,00 $ 0,00 $ 1.500,00 Camarógrafo 'A Compaginador 'A' Laboratorista 'A' Auriconista Corresponsal Auriconista 7 $ 2,00 $ 1.434,00 $ 180,00 $ 0,00 $ 1.614,00 Subjefe de Cámaras Subjefe de Compaginación Subjefe de Archivo Subjefe de Laboratorio A.F.A: Adicional a Cuenta de Futuros Aumentos.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N° 1/2007

Registro N° 106/07

Bs. As., 4/1/2007

VISTO el Expediente N° 1.200.311/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y CONSIDERANDO:

Que vienen a consideración de esta Asesoría los presentes obrados en virtud de la solicitud de homologación del acuerdo celebrado entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR, la CAMARA DE EMPRESAS DE LARGADISTANCIAy laASOCIACIONARGENTINADE EMPRESARIOS DELTRANSPORTE AUTOMOTOR, el que luce agregado a fojas 17/18 de autos.

Que por el referido acuerdo las precitadas partes convienen el monto de los viáticos y/o reintegros de gastos para los trabajadores de larga distancia (conductores y auxiliares de a bordo) comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 460/73.

Que el ámbito territorial y personal se corresponde estrictamente con la aptitud representativa de las partes signatarias del presente Acuerdo.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1°

Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR, la CAMARA DE EMPRESAS DE LARGA DISTANCIA y la ASOCIACION ARGENTINA DE EMPRESARIOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR, el que luce agregado a fojas 17/18 del expediente N° 1.200.311/06, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acuerdo obrante a fojas 17/18 del expediente N° 1.200.311/06.

ARTICULO 3°

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4°

Gírese al Departamento de Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias.

ARTICULO 5°

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita delAcuerdo homologado y/ o de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6°

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección...

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