Resolucion 1432/2007 - Mi

Fecha de disposición25 Julio 2007
Fecha de publicación25 Julio 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31203

Que, en consecuencia, la institución debe ser reconocida con ajuste al contenido del artículo 9° de la Ley N° 25.054.

Que la DIRECCION GENERALDEASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la medida que se dispone, encuadra en la Ley N° 25.054 y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR RESUELVE:

Artículo 1°

Reconócese a la entidad denominada SOCIEDAD DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE EMBALSE, de la PROVINCIA DE CORDOBA, en el marco de la Resolución del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS N° 420/2003, asignándose el Legajo N° 0293 del REGISTRO DE ENTIDADES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES de carácter voluntario y servicio gratuito para desarrollar actividades relacionadas con la protección civil de la población.

Art. 2°

Extráiganse copias de las partes pertinentes de las presentes actuaciones a fin de conformar el legajo institucional.

Art. 3°

Hágase saber al representante de la entidad denominada SOCIEDAD DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE EMBALSE, de la PROVINCIA DE CORDOBA, y para conocimiento de sus miembros, el contenido de la Resolución del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS N° 420/2003.

Art. 4°

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Aníbal D. Fernández.

Ministerio del Interior BOMBEROS VOLUNTARIOS Resolución 1431/2007

Reconócese a la Asociación de Bomberos Voluntarios de San Martín de losAndes, de la provincia del Neuquén, en el marco de la Resolución MJSDH Nº 420/2003, e inscríbese a la misma en el Registro de Entidades de Bomberos VoluntariosyOrganizacionesNoGubernamentales.

Bs. As., 29/6/2007

VISTO el Expediente N° 20.294/2007 del registro de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR;

la Ley N° 25.054; el Decreto N° 159 del 5 de junio de 2003 y su modificatorio; el Decreto N° 15 del 6 de enero de 2004; el Decreto N° 1067 del 20 de agosto de 2004; el Decreto N° 1697 del 1° de diciembre de 2004; la Resolución N° 420 del 15 de mayo de 2003 del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, y la Resolución del MINISTERIO DEL INTERIOR N° 2034 del 17 de noviembre de 2005, y CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.054 en su artículo 8° establece que la autoridad de aplicación de la norma es la DIRECCION NACIONAL DE DEFENSA CIVIL, o el Organismo que en el futuro la reemplace.

Que el Decreto N° 1067/2004 transfirió la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS a la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, con sus estructuras organizativas y funciones.

Quedeacuerdoalasmisionesyfuncionesaprobadas en la estructura organizativa contemplada en el Decreto N° 1697/2004, corresponde a la DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION CIVILdelaSUBSECRETARIADESEGURIDAD, regular y fiscalizar la actividad de bomberos voluntarios en los términos de la Ley N° 25.054 y sus modificatorias.

Que la Ley N° 25.054 en su artículo 9° establece que la autoridad de aplicación de la norma deberá controlar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 7° del mismo cuerpo legal, y las disposiciones que se establezcan a efectos de otorgar, suspender o retirar el reconocimiento de las Entidades de Bomberos Voluntarios.

Que la Resolución del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS N° 420/2003 ha creado el REGISTRODEENTIDADESDEBOMBEROSVOLUNTARIOSYORGANIZACIONESNOGUBERNAMENTALES de carácter...

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