Resolución 290/2019

Fecha de publicación30 Diciembre 2019
SecciónResoluciones
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR


Ciudad de Buenos Aires, 18/12/2019

VISTO lo tramitado en la actuación SIGEA N°17944-95-2016, del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que en cumplimiento de lo normado en el artículo 5° de la Resolución General AFIP 3871/16, las firmas NEWSAN S.A. CUIT N° 30-64261755-5; “NOBLEX ARGENTINA S.A.” CUIT N° 30-50071173-2 y “ELECTRONIC SYSTEM S.A.” CUIT N° 30-64358677-7, usuarias del régimen de aduanas domiciliarias, presentaron con fecha 14 de junio de 2016 la solicitud de habilitación del depósito fiscal particular, ubicado en Celestino Dalmazo 104, USHUAIA, TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, jurisdicción de la División Aduana USHUAIA, en los términos de la RG AFIP 3871/16 hoy 4352.

Que tal como surge de fs. 1204, la Dirección Gestión de los Recursos y Presupuesto remite los antecedentes que dieron origen a la actuación en trato, a esta Subdirección General a través de la Nota N° 110/18 (DI GERP), de fecha 15 de mayo de 2018, a fin de continuar con el trámite de habilitación del depósito fiscal en trato.

Que analizada la actuación por la División Zonas Primarias y Fronteras, la misma fue remitida con observaciones a la División Aduana USHUAIA mediante Nota N° 224/18 (DV ZPYF) de fecha 28/11/18, a fin de que las firmas tomaran conocimiento y dieran cumplimiento a la totalidad de los extremos requeridos para la habilitación pretendida.

Que producido lo expuesto obra en la actuación el dictamen N° 33/19 (AD USHU) –fs. 1345/1346- , el informe de la Aduana local Nota N° 121/19 (AD USHU) -fs.1356/1357- y de la Dirección Regional Aduanera PATAGONICA, Nota N° 58/19 (DV EORT) –fs. 1363/1364- y Nota N° 43/19 (DI RAPT) fs. 1365, señalando que se dio cumplimiento a lo establecido en la normativa en vigencia.

Que por Email N° 6/19 (DV CORA) de fecha 18 de diciembre de 2019 la División Control Operacional destaca que el punto operativo cumple con los requerimientos de acceso online, toma de imágenes instantáneas, el acceso a la visualización de los archivos históricos, la descarga de los archivos de video, restando cumplimentar los sesenta días de archivo on line.

Que se encuentra publicado en el Micro sitio “AFIP Depósitos Fiscales” el Manual del desarrollador del Sistema informático de control de stock permanente, que deberá cumplimentar el depositario conforme lo establecido en el Anexo IV punto 10 y concordantes de la Resolución General N° 4352.

Que conforme lo señalado y habiendo tomado la intervención que les compete las...

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