Resolución 29/2020

Fecha de publicación31 Julio 2020
SecciónResoluciones
EmisorTRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN


Ciudad de Buenos Aires, 29/07/2020

VISTO la Acordada Administrativa N° 1 de fecha 25 de marzo de 2019, complementaria de la Acordada N° 840 de fecha 22 de diciembre de 1993, y la Resolución N° 115 de fecha 2 de diciembre de 2019, ambas del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Acordada Administrativa N° 1 de fecha 25 de marzo de 2019, se aprobó el “Anexo Expediente Electrónico” (IF-2019-17730977-APN-TFN#MHA), la cual forma parte de la Acordada N° 840 de fecha 22 de diciembre de 1993 y sus modificaciones.

Que por el Artículo 8° del Anexo Expediente Electrónico, se dispuso que la acumulación de expedientes electrónicos, se efectuará mediante el sistema de tramitación conjunta.

Que habiéndose desarrollado en sede de este Organismo un mecanismo provisorio que permite cumplir con las normas jurisdiccionales y procesales respectivas, corresponde dejar sin efecto la suspensión de plazos dispuesta por la Resolución N° 115 de fecha 2 de diciembre de 2019 del...

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