Resolución 687/2011

Fecha de la disposición30 de Junio de 2011

Jueves 30 de junio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.181 19

Art. 5

'° — En caso de incumplimiento de las obligaciones impuestas al beneficiario conforme los términos de los ArtÃculos 16 párrafo segundo y 18 del Anexo al Decreto N'° 915 de fecha 28 de junio de 2010, se dispondrá, previa constitución en mora y fijación de un plazo razonable para su cumplimiento, la caducidad del beneficio otorgado con la consecuente obligación de restituir la suma percibida.

Art. 6

'° — Dispónese que los aportes de recursos adicionales, en concepto de contrapartida local, comprometidos por la Municipalidad de Coronel Suárez de la Provincia de BUENOS AIRES, quedarán sujetos a las verificaciones y controles por parte de la UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL (UDIL), al momento de realizar la rendición de cuentas.

Art. 7

'° — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Débora Giorgi.

Ministerio de Industria ECONOMIAS REGIONALES Resolución 209/2011

Otórganse Aportes No Reintegrables a un Municipio de la Provincia de RÃo Negro.

Bs. As., 14/6/2011

VISTO el Expediente N'° S01:0412555/2010 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N'° 915 de fecha 28 de junio de 2010 se creó el “Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario” con el objetivo de financiar obras de infraestructura intra y extramuros, facilitando la radicación y desarrollo de pequeñas y medianas empresas en Parques Industriales Públicos.

Que el ArtÃculo 3'° del citado decreto designó al ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO actual MINISTERIO DE INDUSTRIA como Autoridad de Aplicación del mencionado Programa.

Que por la Resolución N'° 40 de fecha 17 de agosto de 2010 del MINISTERIO DE INDUSTRIA se reglamentó el citado Programa Nacional.

Que conforme lo dispuesto por el ArtÃculo 6'° del Anexo al Decreto N'° 915/10, los Municipios y/o Provincias donde se encuentren radicados los Parques Industriales Públicos que cumplan con el procedimiento y requisitos impuestos por el Programa, podrán acceder a Aportes No Reintegrables (ANRs) otorgados por el ESTADO NACIONAL para el financiamiento de obras de infraestructura intramuros.

Que el ArtÃculo 4'° del Anexo al Decreto N'° 915/10 estableció en PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000) el lÃmite máximo de Aportes No Reintegrables (ANRs) a otorgar en el marco del citado Programa Nacional, mientras que su ArtÃculo 5'° fijó un monto de hasta PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000) por solicitud.

Que para acceder a este beneficio, el Parque Industrial solicitante, debe estar inscripto previamente en el Registro Nacional de Parques Industriales (RENPI) creado por el ArtÃculo 2'° del Decreto N'° 915/10 y aportar como mÃnimo y en concepto de contrapartida local, recursos adicionales al aporte solicitado equivalentes al TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35 %) del monto del subsidio peticionado.

Que a fojas 1, la MUNICIPALIDAD DE LUIS BELTRAN de la Provincia de RIO NEGRO solicita Aportes No Reintegrables (ANRs) por la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000) con el objeto de realizar las obras de enripiado de las calles internas y la delimitación y cercado perimetral del PARQUE INDUSTRIAL LUIS BELTRAN.

Que el presupuesto presentado por el mencionado Municipio, obrante a fojas 26 a 28 del Expediente N'° S01:0022143/2011 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA agregado a fojas 20, contempla los gastos en materiales y mano de obra y totaliza PESOS CUATROCIENTOS CINCO MIL ($ 405.000), comprometiéndose el Municipio a aportar recursos adicionales a los Aportes No Reintegrables (ANRs) solicitados, en concepto de contrapartida local, por la suma de PESOS CIENTO CINCO MIL ($ 105.000), de conformidad con lo normado por el ArtÃculo 7'° del Anexo al Decreto N'° 915/10.

Que conforme surge del proyecto presentado, las obras a las que se destinarán los Aportes No Reintegrables (ANRs), tendrán un impacto positivo, en tanto el enripiado de las calles internas facilitará el ingreso y egreso de vehÃculos (particulares o de carga) y la delimitación y cercado perimetral permitirá que las empresas puedan desarrollar sus actividades en forma segura mediante el control del flujo de personas que ingresan al predio.

Que a fojas 24 del Expediente N'° S01:0412555/2010 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA obra la Constancia de Inscripción de fecha 6 de abril de 2011 del PARQUE INDUSTRIAL LUIS BELTRAN en el Registro Nacional de Parques Industriales (RENPI), de conformidad con lo prescripto en los ArtÃculos 4'° y siguientes del Anexo a la Resolución N'° 40/10...

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