Resolución 285. RESOL-2018-285-APN-ACUMAR#MAD

EmisorAutoridad de Cuenca Matanza Riachuelo
Fecha de la disposición29 de Agosto de 2018

AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO

Resolución 285/2018

RESOL-2018-285-APN-ACUMAR#MAD

Ciudad de Buenos Aires, 28/08/2018

VISTO el Expediente EX-2018-37004130-APN-SG#ACUMAR, la Ley Nº 26.168, la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549, Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017), las Resoluciones Presidencia ACUMAR N° 5/2017, N° 278/2018, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.168 creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR), como ente de derecho público interjurisdiccional, con competencias en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los partidos de Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, La Matanza, Ezeiza, Cañuelas, Almirante Brown, Morón, Merlo, Marcos Paz, Presidente Perón, San Vicente, y General Las Heras, de la Provincia de Buenos Aires.

Que la citada Ley de creación establece en su artículo 2º in fine que ACUMAR dictará sus reglamentos de organización interna y de operación.

Que en uso de sus facultades ACUMAR aprobó la Resolución Presidencia ACUMAR N° 278/2018 mediante la cual incorporó al Reglamento de Sanciones aprobado por el Anexo I de la Resolución Presidencia ACUMAR N° 377/2011 el artículo 18 bis mediante el cual se sanciona el resultado del análisis de la toma de muestra efectuada por ACUMAR al efluente líquido en el que se encuentren parámetros/analitos en incumplimiento a los límites admisibles de vertido conforme lo establecido por la normativa vigente de ACUMAR.

Que se advierte que en el artículo 1° de la referida Resolución Presidencia ACUMAR N° 278/2018 se ha incurrido en un error material que requiere ser subsanado.

Que en consecuencia corresponde proceder conforme lo normado en artículo 20 de la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo N° 19.549, integrando la resolución antes referida con un nuevo acto administrativo que rectifique el error.

Que el acto así convertido tendra´efecto, para los particulares, a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la presente resolución; es decir desde que el acto rectificado queda...

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